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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1339/1987, de 30 de octubre, sobre cauces de participación institucional de los españoles residentes en el extranjero.

BOE-A-1987-24516Publicada: 02/11/1987MINISTERIO DE RELACIONES CON LAS CORTES Y DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1339/1987, de 30 de octubre, sobre cauces de participación instituc ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1339/1987 establece el régimen de los Consejos de Residentes Españoles y el Consejo General de Emigración, con el objetivo de regular la participación institucional de los españoles residentes en el extranjero. 2. **CONTEXTO** La normativa emigratoria previa, especialmente la Ley de Emigración de 1971, se encontraba desfasada y no se aplicaba adecuadamente debido a los cambios sociales y constitucionales. La experiencia con las Juntas Consulares electivas durante una década mostró la necesidad de una norma más adecuada. Además, el Real Decreto 530/1985 prevé la existencia del Consejo General de Emigración, cuya constitución y funcionamiento debían regularse. Por ello, se emitió este Real Decreto para adaptar el sistema de participación institucional. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1339/1987, de 30 de octubre de 1987, establece el régimen de los Consejos de Residentes Españoles y el Consejo General de Emigración. Estos órganos tienen como función facilitar la participación institucional de los españoles residentes en el extranjero, en el ámbito de actuación de las Oficinas Consulares. El Real Decreto establece que en todas las circunscripciones consulares donde figuren, como mínimo, 700 electores en el Censo Electoral de Residentes Ausentes, se constituirá un Consejo de Residentes Españoles, como órgano consultivo de la Oficina Consular. La composición de estos Consejos se determina en el artículo 5, que establece que deben estar integrados por: - Tres Consejeros designados por las organizaciones empresariales más representativas. - Seis Consejeros designados por los Sindicatos más representativos. - Diez Consejeros designados por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, de acuerdo con el Ministro de Asuntos Exteriores, entre los que podrán figurar representantes de Comunidades Autónomas cuyos Estatutos otorguen competencias relacionadas con sus colectividades en el exterior y así lo soliciten. - Un Consejero designado por el titular de cada uno de los Ministerios siguientes: Asuntos Exteriores, Interior, Educación y Ciencia, Trabajo y Seguridad Social, Economía y Hacienda, Cultura y Transportes, Turismo y Comunicaciones. La duración del mandato de los Consejeros es de cuatro años, a contar desde la primera sesión del Consejo General de Emigración (art. 11). El Consejo General de Emigración funcionará en pleno y en comisiones, y el pleno constituirá las comisiones necesarias para el examen de las materias objeto de su competencia, especialmente en cuestiones relacionadas con los aspectos sociolaborales, educativos y culturales de la vida de los trabajadores emigrantes (art. 12). En materia de desarrollo normativo, el Real Decreto faculta a los Ministros de Asuntos Exteriores y de Trabajo y Seguridad Social para dictar normas de desarrollo en sus respectivos ámbitos de competencia (art. 1ª de las Disposiciones Finales). Además, se derogó el Real Decreto 576/1979, así como cualquier otra norma de igual o inferior rango que se contraponga al presente Real Decreto (art. 2ª de las Disposiciones Finales). Este Real Decreto se emitió en virtud de la Ley 50/1984, de 30 de diciembre, y a propuesta de los Ministros de Asuntos Exteriores y de Trabajo y Seguridad Social, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de octubre de 1987. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1339/1987 crea un marco institucional para la participación de los españoles residentes en el extranjero. Establece los Consejos de Residentes Españoles y el Consejo General de Emigración, con una estructura y composición definida. Este régimen busca adaptarse a los cambios sociales y constitucionales, y facilitar la participación institucional de los emigrantes. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de Consejos de Residentes Españoles**: En circunscripciones consulares con al menos 700 electores, se establece un Consejo consultivo. ⚠️ **Derogación de normas anteriores**: Se derogó el Real Decreto 576/1979 y otras normas contrarias. 📋 **Composición de los Consejos**: Incluye representantes de organizaciones empresariales, sindicatos, ministerios y comunidades autónomas. ℹ️ **Funcionamiento del Consejo General**: Funciona en pleno y comisiones, con competencia en aspectos sociolaborales, educativos y culturales. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 30 de octubre de 1987 - **Materias**: Emigración, participación institucional, derecho consular, derecho laboral - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Emigración, Consejo General de Emigración, participación institucional, españoles en el extranjero, derecho consular ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, la participación institucional de los españoles en el extranjero se regía por normativas de emigración más antiguas, como la Ley de 1971, que se habían quedado obsoletas. La experiencia previa con las Juntas Consulares electivas, aunque limitadas, demostró la necesidad de un marco más robusto. Este Real Decreto, de ámbito nacional, actualiza y consolida estos cauces de participación, creando los Consejos de Residentes Españoles. A diferencia de otras comunidades autónomas que gestionan la participación de sus emigrantes, este real decreto aborda la cuestión a nivel estatal, buscando una representación más unificada y formalizada para los españoles residentes fuera de España, lo cual es crucial para mantener el vínculo y la representación de esta importante colectividad. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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