Orden de 22 de octubre de 1987 por la que se modifica la composición de la Junta de Compras y Suministros del Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario (IRYDA).
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 22 de octubre de 1987 por la que se modifica la composición de la Junta ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 22 de octubre de 1987 modifica la composición de la Junta de Compras y Suministros del Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario (IRYDA), adaptándola a la nueva estructura orgánica del Instituto. **2. CONTEXTO** La Orden se emite en el marco de la reforma estructural del IRYDA, establecida por el Real Decreto 490/1983, de 9 de marzo. Esta reforma busca adecuar la organización interna del Instituto a los nuevos requisitos institucionales. La Orden de 1977, que regía previamente la Junta de Compras, queda derogada. La nueva norma busca garantizar una mejor coordinación y eficiencia en los procesos de adquisición y contratación del Instituto. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 22 de octubre de 1987 establece modificaciones en la composición de la Junta de Compras y Suministros del IRYDA, con el objetivo de adaptarla a la nueva estructura orgánica del Instituto. En concreto, se establece que la Junta de Compras continuará ejerciendo sus funciones de acuerdo con la legislación vigente, y estará constituida por los siguientes miembros: - **Presidente**: El Director Económico-Financiero. - **Vocales**: El Director de Recursos Económicos, que sustituirá al Presidente en caso de ausencia, enfermedad o vacante. Además, un representante por cada una de las siguientes direcciones o unidades: Dirección Económico-Financiera, Dirección de Mejora del Medio Rural, Dirección de Estructuras Agrarias, Dirección de Obras y Mejoras Territoriales, Dirección de Estudios y Planificación, Dirección de Personal y Servicio de Proceso de Datos. - **Secretario**: El Jefe de la Sección de Ejecución Presupuestaria y Contratación, que será sustituido por un Jefe de Sección de la Dirección Económico-Financiera. Además, se establece que la Junta de Compras se constituirá en Mesa de Contratación, conforme a la legislación vigente, y formarán parte necesariamente de dicha Mesa un letrado del Servicio Jurídico del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el Interventor Delegado de la Intervención General de la Administración del Estado en el mismo. También se establece que en las reuniones de la Junta podrán incorporarse los funcionarios o asesores especializados necesarios, según la naturaleza de las adquisiciones que se deban realizar. En cuanto a la adquisición de equipos de informática o ofimática, incluidos en el catálogo del Servicio Central de Suministros, se establece que, además de los miembros ya mencionados, participará con voz y voto el representante del Departamento en la Comisión Interministerial de Adquisición de Bienes y Servicios Informáticos del Ministerio para las Administraciones Públicas. Finalmente, se deroga la Orden de 18 de abril de 1977, que regulaba la constitución y funcionamiento, hasta esta fecha, de la Junta de Compras del IRYDA. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1987 modifica la composición de la Junta de Compras del IRYDA para adaptarla a su nueva estructura orgánica. Se establecen nuevos miembros y funciones, incluyendo la participación de un letrado del Ministerio de Agricultura y el Interventor Delegado. La Orden de 1977 queda derogada y la nueva norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de la composición de la Junta de Compras**: Se establecen nuevos miembros y funciones, incluyendo al Director Económico-Financiero como Presidente y al Director de Recursos Económicos como sustituto. ⚠️ **Derogación de la Orden de 1977**: La norma anterior queda sustituida por esta nueva Orden. 📋 **Participación de funcionarios especializados**: Se permite la incorporación de asesores especializados según la naturaleza de las adquisiciones. ℹ️ **Inclusión de representantes en comisiones interministeriales**: En el caso de adquisiciones de equipos informáticos, participa el representante del Departamento en la Comisión Interministerial correspondiente. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden de Ministerio - **Fecha**: 22 de octubre de 1987 - **Materias**: Contratación pública, organización institucional, adquisiciones, IRYDA - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Junta de Compras, IRYDA, contratación, estructura orgánica, Ministerio de Agricultura, informática ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta orden de 1987, la composición de la Junta de Compras del IRYDA se regía por una orden de 1977. La presente normativa responde a la necesidad de adecuar dicha Junta a la nueva estructura orgánica del IRYDA, establecida por un Real Decreto de 1983. A diferencia de otras normativas que podrían ser más generales, esta orden es específica para un organismo nacional. Su aprobación por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y con la previa aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas, subraya la importancia de la correcta gestión de las compras públicas en el ámbito agrario y de desarrollo rural. La modificación es relevante para garantizar la transparencia y eficiencia en la adquisición de bienes y servicios por parte del IRYDA. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────