Saltar al contenido principal
Real DecretoNacionalvigente

Orden de 22 de octubre de 1987 por la que se amplían, para el año 1987, las actividades prioritarias definidas en el Real Decreto 1462/1986, para la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrarios y pesqueros.

BOE-A-1987-24186Publicada: 28/10/1987MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 22 de octubre de 1987 por la que se amplían, para el año 1987, las acti ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2223/1987 amplía las actividades prioritarias para la percepción de ayudas establecidas en el Real Decreto 1462/1986, en el ámbito de la transformación y comercialización de productos agrarios y pesqueros, durante el año 1987. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 1462/1986, de 13 de junio, establece una lista de actividades prioritarias para la percepción de ayudas en el sector agrario y pesquero. Este Real Decreto 2223/1987, de 22 de octubre, se emite con el objetivo de ampliar dicha lista, respondiendo a necesidades específicas del sector. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con base en las atribuciones otorgadas, decide incorporar nuevas actividades prioritarias para el año 1987. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2223/1987, de 22 de octubre de 1987, se emite en aplicación del Real Decreto 1462/1986, de 13 de junio, que establece una lista de actividades prioritarias para la percepción de ayudas en el ámbito de la transformación y comercialización de productos agrarios y pesqueros. Con este nuevo Real Decreto, se amplía dicha lista con nuevas actividades consideradas prioritarias para el año 1987, con el fin de mejorar las condiciones de transformación y comercialización en el sector. En el artículo primero, se establece que las actividades prioritarias durante el año 1987 incluyen, entre otras, la producción y transformación de aceite virgen de oliva, el envasado y distribución mayorista de productos agrarios, la transformación de granos, semillas, leguminosas y forrajes, la producción de algodón bruto, la transformación de subproductos forestales, la producción de madera y corcho, la elaboración de plantas aromáticas y medicinales, la transformación de carne, la producción de pescado congelado y precocinado, la elaboración de piensos compuestos, la mejora de la producción láctea, y la elaboración de turrones y mazapanes. Cada una de estas actividades está sujeta a determinadas condiciones, como la existencia de una entidad asociativa calificada, la previa autorización de comisiones interprofesionales, la adaptación a la legislación de intercambios intracomunitarios, o la implantación de mejoras tecnológicas sin incremento de capacidad productiva. Además, el Real Decreto establece que las ayudas previstas en el Real Decreto 1462/1986 podrán aplicarse a las actividades mencionadas en el apartado anterior, siempre que las solicitudes se formalicen entre el 1 y el 31 de diciembre de 1987. Estas medidas reflejan la política del Estado para fomentar la modernización y la competitividad del sector agrario y pesquero, mediante la asignación de ayudas a actividades consideradas prioritarias para la mejora de la producción y comercialización. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2223/1987 amplía las actividades prioritarias para la percepción de ayudas en el sector agrario y pesquero. Estas actividades están sujetas a condiciones específicas y las ayudas pueden solicitarse entre el 1 y el 31 de diciembre de 1987. La norma busca mejorar la transformación y comercialización de productos agrarios y pesqueros. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ Ampliación de actividades prioritarias para la percepción de ayudas en el sector agrario y pesquero. ⚠️ Las actividades están sujetas a condiciones específicas, como la existencia de entidades asociativas o la adaptación a normativas europeas. 📋 Las ayudas pueden solicitarse entre el 1 y el 31 de diciembre de 1987. ℹ️ La norma refleja la política del Estado para fomentar la modernización del sector agrario y pesquero. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de aplicación - **Fecha**: 22 de octubre de 1987 - **Materias**: Agricultura, Pesca, Industria alimentaria, Ayudas públicas - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Real Decreto 2223/1987, actividades prioritarias, ayudas, transformación, comercialización, sector agrario, sector pesquero, Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden de 1987 se basaba en el Real Decreto 1462/1986, que ya establecía un marco de ayudas para la mejora de la transformación y comercialización de productos agrarios y pesqueros. Lo que hace esta orden es ampliar el abanico de actividades consideradas prioritarias para acceder a dichas ayudas, reconociendo necesidades específicas de sectores como el aceite de oliva, la madera, o la carne. A diferencia de normativas más generales, esta orden es específica para España y para el año 1987, buscando focalizar recursos en áreas concretas de mejora. Su importancia radica en cómo las administraciones públicas pueden dirigir incentivos para modernizar sectores estratégicos de la economía. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →