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Real DecretoNacionalvigente

Orden de 18 de diciembre de 1987 por la que se fija para el año 1987 la renta de referencia prevista en el Real Decreto 808/1987, de 19 de junio, sobre establecimiento de un sistema de ayudas para la mejora de la eficacia de las estructuras agrarias.

BOE-A-1987-28359Publicada: 23/12/1987MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 18 de diciembre de 1987 por la que se fija para el año 1987 la renta de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 18/1987 fija la renta de referencia para el año 1987, conforme al sistema de ayudas para la mejora de la eficacia de las estructuras agrarias establecido en el Real Decreto 808/1987. 2. **CONTEXTO** Este Real Decreto se emite como parte del sistema de ayudas comunitarias para mejorar la eficacia de las explotaciones agrarias, en aplicación del Reglamento (CEE) 797/85. Su objetivo es establecer una renta de referencia basada en el salario bruto medio anual de los trabajadores no agrarios, según datos del Instituto Nacional de Estadística. La norma complementa el marco legal europeo y nacional para garantizar la compatibilidad con las normas de la Comunidad Económica Europea. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 18/1987 establece la renta de referencia para el año 1987, en aplicación del Real Decreto 808/1987, de 19 de junio, que crea un sistema de ayudas para mejorar la eficacia de las estructuras agrarias. Este sistema se fundamenta en el Reglamento (CEE) 797/85, que establece una acción común con el fin de mejorar la eficacia de las explotaciones agrarias y contribuir a la evolución de sus estructuras. Para poner en marcha esta nueva línea de política de estructuras agrarias, es preciso dictar normas complementarias que, cumpliendo con las previsiones legales, encauzan las actuaciones en compatibilidad con la orientación normativa y procedimientos de la Comunidad Económica Europea. El artículo 2, apartado 4, del Real Decreto 808/1987 determina que la renta de referencia es el salario bruto medio anual en España de los trabajadores no agrarios, y su fijación y actualización se hará confirmar a los datos indicadores de salarios publicados por el Instituto Nacional de Estadística. Según el artículo 5, apartado 2, de dicho Real Decreto, para acceder al régimen de ayudas es preciso que la renta de trabajo por unidad de trabajo-hombre, en el momento de solicitar la ayuda, sea inferior a la renta de referencia, y no sea superior al finalizar el plan de mejora al 120 por 100 (ciento veinte por ciento), de la misma. Por todo ello, resulta necesario proceder a la fijación del importe de la renta de referencia para la aplicación de lo dispuesto por el Real Decreto 808/1987, de 19 de junio. En su virtud, de conformidad con los datos indicadores de salarios publicados por el Instituto Nacional de Estadística y cumplido el trámite previsto en el artículo 24 del Reglamento (CEE) 797/85, este Ministerio ha dispuesto: **Artículo único.** La renta de referencia establecida en el artículo 2, apartado 4, del Real Decreto 808/1987, de 19 de junio, queda fijada para el año 1987 en la cantidad de 1.500.000 pesetas. Este Real Decreto se emite con el fin de garantizar la aplicación correcta del sistema de ayudas comunitarias, en cumplimiento de las normas europeas y nacionales. La fijación de la renta de referencia se realiza en base a los datos oficiales del Instituto Nacional de Estadística, lo que asegura la transparencia y la compatibilidad con el marco jurídico europeo. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 18/1987 fija la renta de referencia para el año 1987, en base a datos oficiales del Instituto Nacional de Estadística. Este acto se emite como parte del sistema de ayudas comunitarias para mejorar la eficacia de las estructuras agrarias. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Fijación de renta de referencia**: Se establece en 1.500.000 pesetas para el año 1987. ⚠️ **Compatibilidad con normativa europea**: Se cumple con el Reglamento (CEE) 797/85. 📋 **Base de cálculo**: Se utiliza el salario bruto medio anual de los trabajadores no agrarios. ℹ️ **Trámite legal**: Se cumplió el procedimiento previsto en el artículo 24 del Reglamento (CEE) 797/85. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de aplicación - **Fecha**: 18 de diciembre de 1987 - **Materias**: Agricultura, ayudas comunitarias, estadística, salario - **Relevancia**: ALTA Palabras: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La presente orden se enmarca en la aplicación del Real Decreto 808/1987, que a su vez transpone una normativa comunitaria (Reglamento CEE 797/85) orientada a mejorar la eficiencia de las estructuras agrarias en España. Antes de esta orden, el sistema de ayudas ya existía, pero era necesario concretar la 'renta de referencia', un indicador clave para determinar la elegibilidad. Esta cifra, fijada en 1.500.000 pesetas para 1987, se basa en el salario medio anual de los trabajadores no agrarios. La medida es relevante porque establece un umbral económico para el acceso a fondos públicos destinados a la modernización del sector, alineando las políticas nacionales con las directrices de la Comunidad Económica Europea. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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