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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 17 de diciembre de 1987 por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 1987 por el que se aprueba el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 1988.

BOE-A-1987-28147Publicada: 19/12/1987MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 17 de diciembre de 1987 por la que se dispone la publicación del Acuerd ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El presente orden ministerial publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 1987, que aprueba el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 1988, detallando las líneas de seguro disponibles y las fechas de inicio de suscripción. **2. CONTEXTO** El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, adopta un acuerdo con el objetivo de establecer un plan de seguros agrarios combinados para el año 1988. Este plan busca garantizar la protección de los cultivos y explotaciones agrarias frente a riesgos climáticos y otros factores adversos. El Ministerio de Agricultura, tras evaluar la importancia de la difusión de este acuerdo, decide su publicación, así como la subvención media y las fechas de inicio de la suscripción de las líneas de seguro incluidas en el plan. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 1987, publicado mediante el Orden Ministerial de 17 de diciembre de 1987, establece el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 1988. Este plan se compone de una serie de seguros específicos, diseñados para proteger diferentes cultivos y explotaciones agrarias frente a diversos riesgos, como heladas, pedrisco, viento, lluvia, incendios, etc. El plan incluye tanto seguros específicos como seguros integrales, cada uno con un monto de subvención y una fecha de inicio de suscripción determinada. El plan detalla las siguientes líneas de seguro: - **Seguros específicos**: - Seguro de pedrisco en aceituna de almazara. - Seguro de predrisco en aceituna de mesa. - Seguro combinado de pedrisco y lluvia en algodón. - Seguro combinado de viento y pedrisco en avellana. - Seguro combinado de pedrisco e incendio en cereales de invierno. - Seguro de pedrisco en cereales de primavera. - Seguro combinado de helada, pedrisco y lluvia en cereza. - Seguro combinado de helada, pedrisco y viento en citricos. - Seguro combinado de helada y viento en cultivos protegidos. - Seguro combinado de helada y pedrisco en albaricoque, ciruela, manzana, melocotón y pera. - Seguro combinado de helada, pedrisco y/o viento en ajo. - Seguro combinado de helada, pedrisco y/o viento en alcachofa. - Seguro combinado de helada, pedrisco, viento y/o lluvia en berenjena. - Seguro combinado de helada, pedrisco y/o viento en tomate. - Seguro combinado de helada, pedrisco, viento y/o lluvia en zanahoria. - Seguro combinado de pedrisco e incendio en leguminosas grano. - Seguro de pedrisco en lupulo. - Seguro de viento huracanado en plátano. - Seguro combinado de pedrisco, viento y lluvia en tabaco. - Seguro combinado de helada, pedrisco, viento y lluvia en uva de mesa. - Seguro combinado de helada y pedrisco en uva de vinificación. - Seguro de peste porcina africana. - **Seguros integrales**: - Seguro integral de cebolla en la isla de Lanzarote. - Seguro integral de cereales de invierno en secano. - Seguro integral de leguminosas grano en secano. - Seguro integral de uva de vinificación en la denominación de origen <Ríoja> y en la isla de Lanzarote. - Seguro integral de ganado vacuno. Además, el plan incluye un **anexo A**, que detalla las líneas de seguro que requieren una protección financiera especial. Estas líneas incluyen: - Seguro combinado de helada, pedrisco y lluvia en cereza. - Seguro combinado de helada y pedrisco en albaricoque, ciruela, manzana, melocotón y pera. - Seguro combinado de helada y viento en cultivos protegidos. - Seguro combinado de helada, pedrisco, viento y/o lluvia en hortalizas: ajo, alcachofa, berenjena, cebolla, coliflor, fresa y fresa, guisante verde, haba verde, judía verde, melón, pimiento, sandía, tomate y zanahoria. - Seguro combinado de helada, pedrisco, viento y lluvia en uva de mesa. - Seguro integral de leguminosas grano en secano. - Seguro integral de uva de vinificación en la denominación de origen <Ríoja> y en la isla de Lanzarote. - Seguro combinado de pedrisco y viento en avellana. - Seguro integral de cebolla en la isla de Lanzarote. - Seguro integral de cereales de invierno en secano. Cada línea de seguro tiene un monto de subvención y una fecha de inicio de suscripción específica, lo que permite una planificación y protección adecuada para los agricultores y explotaciones agrarias. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El orden ministerial publica el plan de seguros agrarios combinados para 1988, detallando las líneas de seguro y sus fechas de inicio. El plan busca proteger cultivos y explotaciones agrarias frente a riesgos climáticos y otros factores adversos. La publicación permite una difusión amplia y una protección financiera adecuada. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación del plan de seguros agrarios combinados para 1988**. ⚠️ **Diversidad de riesgos cubiertos: heladas, pedrisco, viento, lluvia, incendios, etc.** 📋 **Detallado por cultivos y explotaciones específicas, con fechas y montos de subvención.** ℹ️ **Incluye seguros integrales y líneas de seguro que requieren protección financiera especial.** **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 17 de diciembre de 1987 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 17 de diciembre de 1987 - **Materias**: Seguros agrarios, agricultura, protección de cultivos - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden Ministerial de 1987, publicada en pleno ejercicio de la política agraria española, formaliza la aprobación del Plan de Seguros Agrarios Combinados para 1988. Este plan, impulsado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, representa una herramienta fundamental para mitigar los riesgos inherentes a la actividad agrícola, especialmente ante fenómenos meteorológicos adversos. En un contexto donde la protección del sector primario es clave, tanto a nivel nacional como en el marco de la Política Agrícola Común (PAC) de la Unión Europea, estos seguros subvencionados buscan garantizar la viabilidad de las explotaciones agrarias frente a pérdidas catastróficas. La aprobación de este plan por el Consejo de Ministros subraya la importancia estratégica de asegurar la producción alimentaria y la renta de los agricultores. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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