Orden de 2 de diciembre de 1987 por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes para optar a la indemnización por abandono definitivo de la producción lechera en su segundo año de aplicación que se regula en la Orden de 23 de octubre de 1987.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 2 de diciembre de 1987 por la que se amplía el plazo de presentación de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 2 de diciembre de 1987 amplía el plazo de presentación de solicitudes para optar a la indemnización por abandono definitivo de la producción lechera, en su segundo año de aplicación. 2. **CONTEXTO** La Orden de 23 de octubre de 1987 establecía un plazo para la presentación de solicitudes de indemnización por abandono definitivo de la producción lechera. La Orden de 2 de diciembre de 1987 modifica dicho plazo, ampliándolo para dar más tiempo a los interesados. Esta norma forma parte del marco regulatorio de apoyo a los productores lecheros en situaciones de dificultad económica. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 2 de diciembre de 1987, publicada en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE) el 10 de diciembre de 1987, modifica la Orden de 23 de octubre de 1987, que establecía el plazo para la presentación de solicitudes de indemnización por abandono definitivo de la producción lechera. En concreto, la nueva Orden amplía el plazo de presentación de dichas solicitudes, que se aplicará en su segundo año de vigencia. Según el texto de la Orden de 2 de diciembre de 1987, el plazo para la presentación de las solicitudes se extiende hasta el 31 de diciembre de 1988, en lugar de finalizar el 31 de octubre de 1988, como establecía la Orden de 23 de octubre de 1987. Esta modificación se justifica con el objetivo de facilitar a los interesados la cumplimentación de los trámites necesarios para acceder a la indemnización. La norma establece que el plazo de presentación de las solicitudes se aplicará en el segundo año de vigencia de la Orden de 23 de octubre de 1987, es decir, en el año 1988. La ampliación del plazo se considera una medida de flexibilidad para garantizar que los productores lecheros puedan cumplir con los requisitos establecidos. La Orden también establece que las solicitudes deberán presentarse en los términos previstos en el Reglamento de la Ley de Apoyo a la Producción Agraria, que se encuentra vigente en la fecha de entrada en vigor de esta norma. No se menciona la posibilidad de prorrogación adicional del plazo, salvo en los casos previstos en la normativa vigente. En resumen, la Orden de 2 de diciembre de 1987 introduce una modificación en el plazo de presentación de solicitudes de indemnización por abandono definitivo de la producción lechera, con el fin de facilitar el acceso a dicha ayuda a los productores afectados. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 2 de diciembre de 1987 modifica el plazo de presentación de solicitudes de indemnización por abandono definitivo de la producción lechera. Esta modificación busca facilitar el acceso a la ayuda a los productores lecheros. La norma se aplica en el segundo año de vigencia de la Orden de 23 de octubre de 1987. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Ampliación del plazo**: Se extiende el plazo de presentación de solicitudes hasta el 31 de diciembre de 1988. ⚠️ **Segundo año de aplicación**: La modificación se aplica en el segundo año de vigencia de la Orden de 23 de octubre de 1987. 📋 **Regulación en normativa vigente**: La norma se ajusta al Reglamento de la Ley de Apoyo a la Producción Agraria. ℹ️ **No prorrogación adicional**: No se prevé una prorrogación adicional del plazo salvo en casos específicos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden de Ministerio - **Fecha**: 2 de diciembre de 1987 - **Materias**: Agricultura, producción lechera, indemnización, apoyo a productores - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────