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Real DecretoNacionalvigente

Orden de 23 de noviembre de 1987 por la que se fija el porcentaje a que se refiere el artículo 68, apartado 1, a), del Reglamento General de Contratación del Estado, redactado por el Real Decreto 982/1987, de 5 de junio.

BOE-A-1987-26867Publicada: 01/12/1987MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y URBANISMO

¿Qué dice esta ley?

**Actualización en el cálculo de costes de obras públicas** Esta orden establece un nuevo porcentaje para calcular el coste total de las obras públicas. Antes, el cálculo de los precios de las distintas partes de una obra y su presupuesto total incluía diversos gastos. Ahora, se especifica un porcentaje fijo para cubrir gastos generales, financieros, impuestos y tasas, separando claramente el IVA. Concretamente, se fija en un 17% el porcentaje que se suma al presupuesto base de una obra para obtener el precio final por el que se contrata. Este porcentaje engloba gastos de la empresa, financiación, impuestos (incluido el IVA) y otras tasas administrativas, facilitando una estimación más clara del coste total para la Administración. La orden entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, es decir, el 2 de diciembre de 1987. Esto significa que cualquier obra pública gestionada por el Ministerio afectado, y las viviendas de protección oficial promovidas por él, a partir de esa fecha, debían aplicar este nuevo cálculo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La normativa anterior sobre contratación pública permitía una mayor flexibilidad en la determinación de los presupuestos de ejecución de obras. El Real Decreto 982/1987 introdujo un cambio significativo al obligar a desglosar el IVA como partida independiente y establecer un rango de porcentajes (13-17%) para gastos generales y otros costes. La orden de 1987 concreta este porcentaje en un 17% para el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo. Esta medida buscaba homogeneizar y clarificar la estructura de costes en la contratación estatal, facilitando la comparación y el control presupuestario, algo relevante en el contexto de la ejecución de infraestructuras públicas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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