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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1679/1987, de 30 de diciembre, por el que se prorroga la medida primera referente a la gestión de acuíferos subterráneos, aprobada por Real Decreto 2618/1986, de 26 de diciembre.

BOE-A-1987-28777Publicada: 31/12/1987MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y URBANISMO

¿Qué dice esta ley?

**Prórroga de control sobre el uso del agua subterránea** Este Real Decreto extiende una medida que ya estaba en vigor para controlar la extracción de agua de acuíferos subterráneos. Su objetivo es gestionar de forma más estricta el uso de estos recursos hídricos cuando existe un riesgo de sobreexplotación. Concretamente, se mantiene la obligación de obtener una autorización administrativa para extraer agua si se superan los 7.000 metros cúbicos anuales en zonas donde ya existían limitaciones. Esto significa que, incluso para usos moderados, se necesita permiso si el acuífero está en una situación delicada. La medida, que ya se aplicó durante 1987, se prorroga para todo el año 1988 en las mismas condiciones. Entrará en vigor el 1 de enero de 1988, asegurando la continuidad de estas restricciones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto prorroga una medida de gestión de acuíferos subterráneos que se inició en 1986. La normativa original, basada en la Ley de Aguas, permitía al Gobierno intervenir ante la sobreexplotación grave de acuíferos. La medida específica que se prorroga exige autorización administrativa para extracciones superiores a 7.000 m³ anuales en zonas con regímenes especiales. A diferencia de normativas más generales, esta se enfoca en situaciones de riesgo concreto. Su importancia radica en la protección de recursos hídricos vitales, especialmente ante la creciente demanda y los efectos del cambio climático, garantizando la sostenibilidad de las reservas de agua subterránea. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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