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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 106/1988, de 12 de febrero, por el que se modifica el Estatuto Regulador de la Actividad de Distribuidor al por Mayor de productos petrolíferos importados de la CEE, aprobado por el Real Decreto 2401/1985, de 27 de diciembre.

BOE-A-1988-3990Publicada: 17/02/1988MINISTERIO DE RELACIONES CON LAS CORTES Y DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

**Nuevas reglas para vender gasolina importada** Este Real Decreto actualiza las normas que regulan a las empresas que venden al por mayor productos petrolíferos que vienen de otros países de la Unión Europea. El objetivo es hacer más claro y seguro el proceso para que estas empresas puedan operar y demostrar que cumplen con los requisitos necesarios. Los cambios principales incluyen una nueva forma de clasificar a las empresas, especialmente para las que venden gas licuado de petróleo, y se añaden criterios más objetivos para evaluar si una empresa tiene la capacidad técnica y el dinero suficiente para dedicarse a esta actividad. También se amplía el tiempo que tienen las empresas para guardar reservas de seguridad. Esta modificación entró en vigor el 17 de febrero de 1988, modificando un decreto anterior de 1985. Los cambios se aplican a las empresas que importan y distribuyen productos petrolíferos dentro de España, provenientes de la Comunidad Económica Europea. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

El Real Decreto 106/1988 modifica el Estatuto de 1985 que regulaba la distribución mayorista de productos petrolíferos importados de la CEE. Antes, la acreditación se basaba en criterios generales, pero la experiencia mostró la necesidad de afinar el proceso. La principal novedad es la creación de una clasificación específica para operadores de gases licuados de petróleo, reconociendo su particularidad. Además, se introducen parámetros objetivos para evaluar la capacidad técnica y financiera de los solicitantes y se amplía el plazo para la constitución de reservas de seguridad. Estos ajustes buscan mejorar la eficiencia y seguridad del mercado, alineándose con la progresiva liberalización del sector energético en la Europa de la época. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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