Orden de 22 de febrero de 1988 por la que se instrumenta la presentación de solicitudes para optar a la indemnización por la suspensión temporal de cantidades de referencia establecidas en el artículo 5 quater del Reglamento (CEE) 804/1968, según lo previsto en el Reglamento (CEE) 775/1987 durante su segundo período de aplicación.
¿Qué dice esta ley?
**Ayudas para ganaderos por reducción de producción** Esta orden ministerial de 1988 explica cómo los ganaderos podían solicitar una ayuda económica si decidían reducir temporalmente su producción. Esto se hacía para cumplir con normativas europeas que buscaban ajustar el mercado lácteo en ese momento. Concretamente, se establecía un procedimiento para que los ganaderos presentaran solicitudes si querían que se les suspendiera voluntariamente una parte de su cuota de producción láctea. A cambio de esta reducción, recibirían una indemnización económica. La orden entraba en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que permitía iniciar el proceso de solicitud para el periodo de suspensión que abarcaba desde abril de 1988 hasta marzo de 1989. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Esta orden ministerial de 1988 se enmarca en un contexto de regulación del mercado lácteo a nivel europeo, impulsada por el Reglamento (CEE) 775/1987. Antes de esta normativa, las cuotas de producción láctea eran un elemento clave. La orden española instrumenta una suspensión temporal y voluntaria de estas cuotas, ofreciendo indemnizaciones a los ganaderos que se acogieran. Esta medida, aunque específica de España, respondía a directrices comunitarias y buscaba gestionar excedentes. Otras comunidades autónomas o países de la UE podían tener mecanismos similares o diferentes para abordar la misma problemática del mercado lácteo. La aprobación de esta orden por el Ministerio de Agricultura era crucial para que los ganaderos españoles pudieran beneficiarse de las ayudas europeas y adaptar su producción. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────