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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 11 de febrero de 1988 por la que se regula la distribución de los cupos de autorizaciones de transporte internacional, tanto de contingentes bilaterales, como del contingente comunitario y del de autorizaciones multilaterales CEMT.

BOE-A-1988-4348Publicada: 20/02/1988MINISTERIO DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES

¿Qué dice esta ley?

**Nuevas reglas para transportar mercancías por carretera fuera de España** Esta orden ministerial actualiza las normas sobre cómo las empresas pueden obtener permisos para transportar mercancías por carretera a otros países. Se trata de adaptar las reglas a la realidad actual, donde los permisos europeos y de la CEMT (una organización internacional de transporte) ganan importancia frente a los acuerdos directos entre países. El objetivo es que las normas sean más claras y sencillas para todos los implicados en el sector. Para poder solicitar estos permisos de transporte internacional, las empresas deben cumplir ciertos requisitos. Entre ellos, se exige tener una formación profesional adecuada, ser de buena reputación y tener solvencia económica. Además, deben demostrar que disponen de un mínimo de siete vehículos dedicados a esta actividad, que no tengan más de seis años de antigüedad y que cuenten con autorizaciones nacionales. Se detallan tipos específicos de vehículos que se consideran válidos para cumplir este requisito. Esta normativa entra en vigor en 1988. Es importante destacar que se aplica con carácter provisional, a la espera de futuras regulaciones más detalladas que desarrollen la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. La orden busca agilizar la tramitación de las solicitudes anuales de permisos de transporte internacional, asegurando que las empresas puedan operar sin demoras innecesarias en sus actividades transfronterizas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden de 1988, la regulación de las autorizaciones de transporte internacional de mercancías por carretera se basaba en normativas de 1985 y 1986. La presente orden ministerial surge de la necesidad de actualizar estas reglas, principalmente para dar mayor peso a los contingentes comunitarios y multilaterales CEMT frente a los bilaterales. Esta adaptación es crucial en el contexto de la creciente integración europea y la legislación comunitaria, así como para ajustarse a la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres de 1987. La orden busca simplificar y clarificar la normativa existente, estableciendo requisitos más definidos para el acceso a esta actividad profesional, lo que es fundamental para la operatividad y competitividad de las empresas de transporte en el ámbito internacional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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