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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 28 de marzo de 1988 que regula el procedimiento de concesión de subvenciones acogidas al programa comunitario VALOREN. (Conclusión).

BOE-A-1988-49967Publicada: 06/04/1988MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 28 de marzo de 1988 que regula el procedimiento de concesión de subvenc ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma establece el procedimiento para la concesión de subvenciones dentro del programa comunitario VALOREN, regulando los requisitos, formalidades y trámites necesarios para su otorgamiento. 2. **CONTEXTO** La Orden Ministerial de 28 de marzo de 1988 fue emitida con el objetivo de establecer un marco claro y uniforme para la concesión de subvenciones en el marco del programa VALOREN. Este programa, de carácter comunitario, busca fomentar la inversión en proyectos de interés general. La norma se inscribe en un contexto de regulación de ayudas públicas y control de su uso. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 28 de marzo de 1988 regula el procedimiento de concesión de subvenciones acogidas al programa comunitario VALOREN. En su artículo 1, se establece que el procedimiento se regirá por las normas vigentes en materia de subvenciones, y se aplicará el régimen general previsto en el Decreto 212/1985, de 13 de julio, por el que se establecen las bases del régimen general de subvenciones. En el artículo 2, se detalla que el órgano competente para la concesión de las subvenciones será el Ministerio correspondiente, y se establecen los requisitos generales para la presentación de solicitudes, como la formalización de la solicitud, la documentación justificativa y la aprobación de la viabilidad del proyecto. El artículo 3 establece que las subvenciones se concederán en base a criterios de eficacia, eficiencia y equidad, y se determinará el importe máximo de la ayuda en función del presupuesto disponible. En el artículo 4, se detalla el procedimiento de evaluación y selección de las solicitudes, que incluirá la revisión de la documentación presentada y la valoración de la viabilidad del proyecto. En el artículo 5, se establece que la concesión de la subvención se realizará mediante resolución formal, y se indicará el importe, la duración y las condiciones de uso. Además, se establecen las obligaciones del beneficiario, como la presentación de informes periódicos y la utilización de la ayuda en el ámbito previsto. El artículo 6 establece que la subvención se considerará concedida en la fecha de la resolución, y se fija un plazo de cinco días hábiles para la formalización de la aceptación. En el artículo 7, se detallan las condiciones de uso de la subvención, incluyendo la obligación de mantener la actividad financiada y la no utilización de la ayuda para otros fines no previstos. En el artículo 8, se establece la posibilidad de modificaciones en la concesión de la subvención, siempre que se cumplan los requisitos legales y se obtenga la autorización correspondiente. Finalmente, en el artículo 9, se establece el régimen de control y supervisión de la utilización de la subvención, así como las sanciones por incumplimiento de las obligaciones. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1988 establece un marco claro para la concesión de subvenciones en el programa VALOREN. Regula los requisitos, trámites y obligaciones de los beneficiarios. Es una norma de aplicación general en el ámbito de las subvenciones comunitarias. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación del procedimiento de concesión de subvenciones** ⚠️ **Aplicación de normas generales de subvenciones** 📋 **Requisitos y formalidades para la solicitud** ℹ️ **Control y supervisión de la utilización de la ayuda** 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 28 de marzo de 1988 - **Materias**: Subvenciones, programas comunitarios, procedimiento administrativo - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: subvenciones, VALOREN, programas comunitarios, procedimiento de concesión ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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