Orden MinisterialNacionalvigente

Orden ETD/600/2022, de 29 de junio, por la que se complementa el sistema de reaseguro a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros para el cuadragésimo tercer Plan de Seguros Agrarios Combinados; y por la que se modifica la fecha de entrada en vigor de determinadas obligaciones de las entidades declarantes a la Central de Información de Riesgos del Banco de España establecidas en la Orden ETD/699/2020, de 24 de julio, de regulación del crédito revolvente, y por la que se modifica la Orden ECO/697/2004, de 11 de marzo, sobre la Central de Información de Riesgos, la Orden EHA/1718/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.

BOE-A-2022-10808Publicada: 30/06/2022Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una orden que aprueba un sistema de reaseguro complementario (segunda capa de protección) a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros para el Seguro Agrario Combinado durante 2022. También retrasa la entrada en vigor de obligaciones de reporte de datos a la Central de Información de Riesgos del Banco de España. **¿A quién afecta?** A los agricultores y ganaderos que cotizan al Seguro Agrario Combinado; a las entidades aseguradoras privadas que participan en este sistema; y a los bancos e instituciones financieras que deben reportar información sobre riesgos crediticios a la Central de Riesgos del Banco de España. **¿Qué cambia o establece?** Crea una segunda capa de reaseguro que se activa automáticamente cuando la reserva de estabilización de las aseguradoras baje, evitando que las pérdidas por siniestros se trasladen en forma de aumentos de primas a los agricultores. Por otro lado, retrasa hasta el 2 de enero de 2027 la obligación de las entidades de reportar datos individualizados de riesgos de 1.000 euros o más a la Central de Riesgos; en el período transitorio (hasta enero 2027) solo deberán reportar riesgos de 3.000 euros o más.

💬 Contexto ciudadano

La Orden ETD/600/2022 aprueba las condiciones del reaseguro del Consorcio para el 43.º Plan de Seguros Agrarios y retrasa hasta enero de 2027 la obligación de las entidades financieras de reportar riesgos individualizados de 1.000 euros a la Central de Información de Riesgos del Banco de España. El sistema español de seguros agrarios, cofinanciado por AGROSEGURO y el Consorcio, es uno de los más avanzados de Europa en cobertura de riesgos climáticos, con mayor penetración que los sistemas equivalentes de Francia o Italia. El retraso en la CIR genera preocupaciones prudenciales dado el volumen de crédito bancario por debajo de ese umbral de notificación, pero responde a las dificultades tecnológicas de las entidades de menor tamaño para adaptar sus sistemas de información al nuevo umbral, un plazo que el Banco de España aceptó como transitorio ante la presión del sector bancario cooperativo.

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