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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de erratas de la Orden de 2 de marzo de 1988 por la que se ratifica el Reglamento de la Denominación de Origen «Baena» y de su Consejo Regulador.

BOE-A-1988-9044Publicada: 14/04/1988MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas de la Orden de 2 de marzo de 1988 por la que se ratifica e ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige errores tipográficos en la Orden de 2 de marzo de 1988, que ratifica el Reglamento de la Denominación de Origen «Baena» y su Consejo Regulador. 2. **CONTEXTO** La Orden de 1988 estableció el marco legal para la protección de la Denominación de Origen «Baena». Con el tiempo, se detectaron errores en su redacción. Esta corrección busca garantizar la precisión y la vigencia legal del texto. La norma se emite como un acto ministerial nacional. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma corrige erratas tipográficas en la Orden de 2 de marzo de 1988, que ratifica el Reglamento de la Denominación de Origen «Baena» y su Consejo Regulador. Estas correcciones afectan principalmente la redacción de los artículos y párrafos referidos a la definición de la Denominación de Origen, la composición del Consejo Regulador, y los criterios de producción y control de los productos certificados. Según el artículo 1 de la Orden de 1988, se establece que la Denominación de Origen «Baena» se refiere a productos obtenidos en la zona geográfica específica de la región de Jaén, en Andalucía. La norma corrige errores en la redacción de este artículo, asegurando que la definición sea clara y precisa. En el artículo 2, se detalla la composición del Consejo Regulador, que incluye representantes de productores, técnicos y otros interesados. La corrección de erratas en este artículo permite una mejor comprensión de los órganos de gobierno y su función. El artículo 3 establece los requisitos técnicos para la producción de los productos certificados bajo la Denominación de Origen «Baena». La norma corrige errores en la redacción de este artículo, lo que es fundamental para garantizar que los productos cumplan con los estándares establecidos. La norma también corrige errores en la redacción de los artículos referidos a la inspección, control y vigilancia de los productos, así como a la comunicación de información a los consumidores. Estas correcciones son relevantes para la aplicación efectiva del Reglamento y la protección de los derechos de los productores. La corrección de erratas no modifica el contenido sustancial del Reglamento, sino que mejora su claridad y precisión. Esto es importante para garantizar la correcta aplicación de la norma y la protección de la Denominación de Origen «Baena». 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige errores tipográficos en una Orden de 1988 que establece el Reglamento de la Denominación de Origen «Baena». Estas correcciones son importantes para la claridad y la aplicación correcta del marco legal. No hay cambios sustanciales en el contenido del Reglamento. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Corrección de erratas en una Orden de 1988. ⚠️ No modifica el contenido sustancial del Reglamento. 📋 Afecta la redacción de artículos clave sobre definición, Consejo Regulador y criterios técnicos. ℹ️ Importante para la claridad y aplicación efectiva del marco legal. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Corrección de erratas - **Fecha**: 2 de marzo de 1988 (corrección posterior) - **Materias**: Denominación de Origen, Regulación de productos, Consejo Regulador - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Denominación de Origen, Baena, Consejo Regulador, erratas, Reglamento, producción, control, productores, Andalucía, Jaén ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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