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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 397/1988, de 22 de abril, por el que se regula la inscripción registral de Asociaciones juveniles.

BOE-A-1988-10613Publicada: 28/04/1988Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno

¿Qué dice esta ley?

**Registro de Asociaciones Juveniles Simplificado** Este Real Decreto establece cómo deben registrarse las asociaciones formadas por jóvenes. Antes, la normativa era más restrictiva, pero ahora, basándose en la Constitución, se busca facilitar la creación y el funcionamiento de estas entidades. El objetivo es que las asociaciones juveniles, siempre que sus fines sean legales, tengan un proceso de registro claro y sencillo para su reconocimiento público. Concretamente, se define qué tipo de asociaciones se consideran juveniles (entre 14 y 29 años) y qué documentos se necesitan para inscribirlas en el registro correspondiente. Se simplifican los requisitos, exigiendo principalmente el acta de constitución y los estatutos, que deben incluir información básica como el nombre, el domicilio y los objetivos de la asociación. Cualquier cambio posterior también deberá ser comunicado. Este Real Decreto entró en vigor el 28 de abril de 1988. Su aplicación busca adaptar la legislación a la realidad social y a la normativa constitucional vigente, promoviendo la participación de la juventud en la vida asociativa y facilitando su relación con las administraciones públicas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto de 1988 vino a actualizar la regulación de las asociaciones juveniles, superando un marco legal anterior (Real Decreto 3481/1977) considerado demasiado restrictivo. La normativa se adapta a lo dispuesto en el artículo 22 de la Constitución Española, que garantiza el derecho de asociación y solo exige el registro para fines de publicidad. La ley también se alinea con la creación del Consejo de la Juventud de España en 1983, ampliando los miembros potenciales. A diferencia de otras normativas que podrían tener requisitos más complejos, este decreto busca simplificar el proceso para las asociaciones juveniles que no tuvieran un régimen específico, facilitando su reconocimiento y funcionamiento legal. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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