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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 14 de abril de 1988 por la que se aprueban las normas reguladoras de las Agencias de Viajes.

BOE-A-1988-9951Publicada: 22/04/1988MINISTERIO DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES

¿Qué dice esta ley?

**Nuevas reglas para las agencias de viajes** Esta orden establece las normas que deben seguir las agencias de viajes y sus actividades. Su objetivo es modernizar la regulación existente y asegurar que estas empresas operen de forma profesional y ofrezcan garantías a los consumidores. Afecta a todas las agencias de viajes que operan en España. Concretamente, se aprueban unas nuevas normas que detallan los requisitos que deben cumplir las agencias, como el capital social, las fianzas y los seguros. También se establecen plazos para que las agencias existentes se adapten a estas nuevas reglas, pudiendo perder su licencia si no lo hacen. Se eliminan figuras como los delegados mandatarios y se regula la actividad de las agencias de información turística. Las normas reguladoras que se aprueban con esta orden entraron en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, el 22 de abril de 1988. Sin embargo, se concedieron plazos de adaptación para las agencias ya existentes, que podían ser de hasta dos años para cumplir con todos los requisitos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden de 14 de abril de 1988 derogó el Decreto de 1973, actualizando la normativa sobre agencias de viajes tras la aprobación del Real Decreto 271/1988. Esta regulación se gestó en consenso con las organizaciones profesionales y las administraciones autonómicas, reflejando el desarrollo del Estado de las Autonomías. A diferencia de normativas anteriores, se establecieron plazos de adaptación para las agencias existentes, exigiendo la adecuación a requisitos como el capital social y las fianzas. La supresión de figuras como los delegados mandatarios y la regulación de agencias de información turística supusieron cambios significativos en el sector, buscando una mayor profesionalización y protección del consumidor. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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