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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 423/1988, de 29 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 849/1985, de 5 de junio, que desarrolló el apartado 1.4 de la disposición adicional novena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Creación del Cuerpo Superior de Letrados del Estado.

BOE-A-1988-11080Publicada: 05/05/1988MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

**Cambios en el Tribunal que selecciona a los Letrados del Estado** Este Real Decreto modifica cómo se elige a los Letrados del Estado, que son juristas que trabajan para el Estado en asuntos legales importantes. Anteriormente, el tribunal encargado de seleccionar a estos profesionales incluía a Letrados del Consejo de Estado. Sin embargo, una sentencia del Tribunal Constitucional determinó que estos últimos no debían formar parte de dicho tribunal. Lo que cambia concretamente es la composición del tribunal. Ahora, en lugar de incluir Letrados del Consejo de Estado, estará formado por el Subsecretario de Justicia (o un delegado), un Magistrado del Tribunal Supremo, dos Catedráticos de Universidad, un funcionario del Ministerio para las Administraciones Públicas y dos Letrados del Estado con menor antigüedad. La entrada en vigor de esta modificación fue inmediata, al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado en mayo de 1988. Por lo tanto, estos cambios ya están aplicados desde hace mucho tiempo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

El Real Decreto 849/1985 desarrolló la creación del Cuerpo Superior de Letrados del Estado, integrando a varios cuerpos de juristas. Sin embargo, una sentencia del Tribunal Constitucional en 1987 declaró inconstitucional la inclusión de Letrados del Consejo de Estado en este cuerpo. El presente Real Decreto de 1988 responde a esta sentencia, modificando la composición del tribunal de selección para el ingreso en el Cuerpo Superior de Letrados del Estado. A diferencia de otras normativas que pueden ser más recientes o específicas de Comunidades Autónomas, este es un ajuste a nivel nacional a una ley de función pública aprobada previamente. Su importancia radica en garantizar la correcta aplicación de las decisiones judiciales y la estructura de los cuerpos jurídicos del Estado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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