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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 581/1988, de 3 de junio, por el que se crean nuevas plazas de Magistrados en diversas Audiencias.

BOE-A-1988-14158Publicada: 09/06/1988MINISTERIO DE JUSTICIA

¿Qué dice esta ley?

**Más jueces para agilizar la justicia** Este Real Decreto crea nuevas plazas de magistrados en varias Audiencias Territoriales de España. En términos sencillos, significa que se aumentará el número de jueces en determinadas salas de tribunales para mejorar el funcionamiento de la justicia. El objetivo es que los casos se resuelvan de forma más rápida y eficiente. Concretamente, se añaden magistrados a las salas de lo Civil y de lo Contencioso-Administrativo en audiencias de ciudades como Albacete, Bilbao, La Coruña, Oviedo, Las Palmas, Pamplona, Valencia y Valladolid. Esto implica que habrá más personal judicial para atender las demandas y resolver los litigios en estas áreas. La medida entró en vigor el mismo día de su publicación, el 9 de junio de 1988. Es una decisión del Gobierno, a propuesta del Ministro de Justicia y tras escuchar al Consejo General del Poder Judicial, para adaptar la estructura judicial a las necesidades del momento. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto de 1988 responde a una necesidad histórica de dotar de más recursos humanos al sistema judicial español, específicamente en las Audiencias Territoriales. Antes de esta medida, la distribución de magistrados podía no ser suficiente para atender el volumen de litigios, especialmente en materias como la civil y la contencioso-administrativa. La creación de nuevas plazas buscaba paliar esta situación, un objetivo común en la evolución de la justicia en España y en otros países europeos que también han enfrentado desafíos similares en la agilización de sus tribunales. La aprobación recayó en el Gobierno central, a través del Ministerio de Justicia, reflejando la competencia nacional en materia de organización judicial. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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