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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 10 de junio de 1988 por la que se dispone la entrada en funcionamiento de varias plazas de Magistrados.

BOE-A-1988-14709Publicada: 15/06/1988MINISTERIO DE JUSTICIA

¿Qué dice esta ley?

**Nuevos jueces para agilizar la justicia** Esta orden ministerial establece la fecha en la que comenzarán a trabajar nuevos magistrados en varias Audiencias Territoriales de España. Su objetivo es reforzar la capacidad de los tribunales para resolver casos, haciendo que la justicia sea más rápida y eficiente para todos los ciudadanos. Concretamente, se pone en marcha el trabajo de jueces en las ciudades de Albacete, Bilbao, La Coruña, Oviedo, Las Palmas (con sede en Santa Cruz de Tenerife), Pamplona, Valencia y Valladolid. Esto significa que habrá más personal judicial disponible para atender los asuntos que lleguen a estos tribunales. La entrada en funcionamiento de estas nuevas plazas de magistrados está fijada para el próximo 31 de octubre de 1988. A partir de esa fecha, estos jueces estarán a disposición para ejercer sus funciones y contribuir a la mejora del servicio de justicia. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La presente orden ministerial, de 10 de junio de 1988, se enmarca en un contexto de ampliación de la planta judicial para mejorar la eficiencia del sistema de justicia. Precede a la misma el Real Decreto 581/1988, que creaba las plazas de magistrados, y cuenta con el informe favorable del Consejo General del Poder Judicial. Su importancia radica en la puesta en marcha efectiva de estos recursos humanos en Audiencias Territoriales clave, como Albacete, Bilbao o Valencia, con el fin de agilizar la resolución de litigios. Esta medida se alinea con esfuerzos similares en otras administraciones para dotar de mayores medios a la justicia, aunque la implementación y aprobación de estas ampliaciones dependen de la voluntad política y presupuestaria de cada momento. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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