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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 679/1988, de 25 de junio, por el que se regula el ejercicio de la pesca de arrastre de fondo en el Mediterráneo.

BOE-A-1988-16647Publicada: 05/07/1988MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**Nueva regulación para la pesca de arrastre en el Mediterráneo** Este Real Decreto actualiza las normas que rigen la pesca de arrastre de fondo en el mar Mediterráneo. Su objetivo principal es proteger los recursos pesqueros ante la sobrepesca, adaptando la legislación a los criterios actuales de ordenación pesquera y teniendo en cuenta el marco legal europeo tras la adhesión de España a la Comunidad Económica Europea. Concretamente, la norma prohíbe el aumento del esfuerzo pesquero, establece vedas temporales y zonales, regula los permisos para pescar con este método, limita el número de barcos autorizados y crea un censo oficial. También se abordan aspectos como la transferencia de derechos de pesca, los cambios de modalidad, las tallas mínimas de las especies, las cuotas máximas de captura y la tolerancia en la pesca de otras especies. Este Real Decreto entró en vigor el 5 de julio de 1988, sustituyendo a la Orden de 30 de julio de 1975, para asegurar una gestión más eficaz y sostenible de la pesca en el Mediterráneo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Hasta la entrada en vigor de este Real Decreto, la pesca de arrastre de fondo en el Mediterráneo se regía por una Orden de 1975. La nueva normativa responde a la necesidad de actualizar las prácticas pesqueras, alineándose con criterios más modernos de ordenación y sostenibilidad, e integrándose en el marco jurídico europeo, aunque la regulación comunitaria específica para esta zona aún no fuera plenamente aplicable. El Estado, en virtud de su competencia exclusiva en pesca marítima, busca así atajar la sobrepesca existente y preservar los recursos. Normativas posteriores en otras Comunidades Autónomas y a nivel europeo han seguido esta línea de regulación más estricta para la conservación marina. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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