Orden de 27 de julio de 1988 por la que se corrigen errores de la de 19 de mayo de 1988, por la que se establecen normas de procedimiento para la coordinación de la concesión de las indemnizaciones compensatorias a las explotaciones agrarias en zonas de agricultura de montaña.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 27 de julio de 1988 por la que se corrigen errores de la de 19 de mayo ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 27 de julio de 1988 corrige un error en la Orden de 19 de mayo de 1988, añadiendo el término municipal de Broto en la provincia de Huesca al anexo II. 2. **CONTEXTO** La Orden de 19 de mayo de 1988 establecía normas de procedimiento para la coordinación de la concesión de indemnizaciones compensatorias a explotaciones agrarias en zonas de agricultura de montaña. Se detectó un error en dicha norma, que afectaba a la inclusión de un término municipal. Para corregirlo, se emitió la Orden de 27 de julio de 1988, que incluye la rectificación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 27 de julio de 1988 corrige un error en la Orden de 19 de mayo de 1988, que establecía normas de procedimiento para la coordinación de la concesión de indemnizaciones compensatorias a las explotaciones agrarias en zonas de agricultura de montaña. El error consistía en la falta de inclusión del término municipal de Broto en la provincia de Huesca en el anexo II. La rectificación se lleva a cabo mediante la inclusión de dicho término municipal en el anexo II, lo que permite una correcta aplicación de las normas establecidas. La Orden de 27 de julio de 1988 se emite en Madrid, firmada por ROMERO HERRERA, Ilmos. Sres. Subsecretario y Presidente del Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario (IRYDA). La rectificación se comunica a las VV. II. para su conocimiento y efectos. No se modifican otros términos ni disposiciones de la Orden de 19 de mayo de 1988, solo se corrige el error mencionado. La norma se publica con la finalidad de garantizar la correcta aplicación de las normas de coordinación de indemnizaciones compensatorias, asegurando que todas las explotaciones agrarias en zonas de agricultura de montaña sean consideradas en el ámbito territorial correspondiente. La inclusión del término municipal de Broto en la provincia de Huesca es relevante para la correcta aplicación de las normas, ya que permite que las explotaciones ubicadas en dicha zona sean incluidas en el marco legal establecido. La norma no introduce nuevos principios, sino que corrige una omisión previa, garantizando la coherencia y la aplicación correcta de las normas de indemnizaciones compensatorias. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 27 de julio de 1988 corrige un error en la Orden de 19 de mayo de 1988, incluyendo el término municipal de Broto en la provincia de Huesca. La rectificación se comunica a las VV. II. para su efecto. La norma no introduce cambios sustanciales, sino que corrige una omisión previa. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de error**: Se corrige un error en la Orden de 19 de mayo de 1988 al incluir el término municipal de Broto en la provincia de Huesca. ⚠️ **Relevancia territorial**: La inclusión de Broto es relevante para la correcta aplicación de las normas de indemnizaciones compensatorias. 📋 **Rectificación formal**: La norma se emite como rectificación formal, sin introducir cambios sustanciales. ℹ️ **Publicación y comunicación**: La norma se publica y se comunica a las VV. II. para su conocimiento y efectos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Rectificación - **Fecha**: 27 de julio de 1988 - **Materias**: Agricultura, indemnizaciones compensatorias, agricultura de montaña, términos municipales - **Relevancia**: ALTA Palabras: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
La Orden de 19 de mayo de 1988 buscaba regular la concesión de indemnizaciones compensatorias a explotaciones agrarias en zonas de montaña, un mecanismo de apoyo financiero para paliar las desventajas de la agricultura en terrenos difíciles. La presente Orden de 27 de julio de 1988 actúa como una rectificación, añadiendo el municipio de Broto (Huesca) a la lista de beneficiarios. Este tipo de medidas, aunque de ámbito nacional, se enmarcan en políticas agrarias comunes europeas que buscan mantener la actividad en zonas desfavorecidas. La corrección es relevante porque garantiza la equidad en la distribución de estas ayudas, asegurando que todos los municipios designados puedan acceder a ellas según lo previsto. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────