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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 13 de septiembre de 1988 por la que se aprueba la norma específica para la peritación de siniestros de cultivo de fresa y fresón en el Seguro Agrario Combinado.

BOE-A-1988-21561Publicada: 16/09/1988Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 13 de septiembre de 1988 por la que se aprueba la norma específica para ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 13 de septiembre de 1988 aprueba una norma específica para la peritación de siniestros en cultivos de fresa y fresón en el Seguro Agrario Combinado, estableciendo criterios para evaluar los daños causados por diversos riesgos. **2. CONTEXTO** Esta norma se emite en cumplimiento de una Comisión creada en 1985 para elaborar normas de peritación del Seguro Agrario Combinado. Se basa en el Real Decreto 2329/1979 y en la Ley 87/1978, que regulan el seguro agrario. La norma fue elaborada tras escuchar a organizaciones agrarias, aseguradoras y propuestas de los Ministerios de Economía y Agricultura. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 13 de septiembre de 1988 establece una norma específica para la peritación de siniestros en cultivos de fresa y fresón dentro del Seguro Agrario Combinado. Esta norma se fundamenta en el artículo 26 del Real Decreto 2329/1979, que otorga al Ministerio de Economía y Hacienda la competencia para aprobar normas de peritación. La norma se desarrolla como parte del sistema de peritación general aprobado en 1986. El anexo de la Orden detalla las bases legales, el objeto y el ámbito de aplicación de la norma. Se establece que la norma se aplica a daños causados por riesgos cubiertos en cultivos de fresa y fresón, tanto para consumo fresco como para comercialización. Se incluyen criterios para la evaluación de la calidad de los frutos, considerando su tamaño, categoría y condiciones de comercialización. Se incluyen tablas que detallan los coeficientes de conversión según las calidades de los frutos, así como las pérdidas de calidad por diferentes causas, como pedrisco, viento, lluvia y heladas. Por ejemplo, los frutos con contusiones externas se consideran aptos para consumo y se aplican un coeficiente de conversión de 1,1, mientras que los frutos con heridas abiertas se consideran totalmente inutilizados (100% de pérdida). En el caso de heladas, se considera que los frutos con sintomatología clara son totalmente inutilizados. La norma también establece que no se computarán los frutos que, aunque maduros, no cumplen con las normas de calidad vigentes, independientemente de la causa. Esto implica que los daños causados por no cumplir con requisitos de calidad no están cubiertos por el seguro, incluso si son causados por factores no imputables al agricultor. La norma se aplica a todos los cultivos de fresa y fresón, tanto de consumo fresco como de comercialización, y se basa en las normas de calidad vigentes para el mercado interior. Se establece que los frutos deben ser recolectados antes de la finalización del período de garantía y que no puedan comercializarse legalmente si no cumplen con los requisitos mínimos. En resumen, la norma establece un marco claro para la evaluación de daños en cultivos de fresa y fresón, basándose en criterios objetivos y tablas de referencia que permiten una peritación uniforme y justa. La norma se aplica en el marco del Seguro Agrario Combinado, garantizando que los agricultores reciban una compensación adecuada por los daños cubiertos por el seguro. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1988 establece una norma específica para la peritación de daños en cultivos de fresa y fresón en el Seguro Agrario Combinado. Se basa en normas generales y se complementa con tablas de referencia para la evaluación de la calidad de los frutos. La norma se aplica a todos los cultivos de estas especies y se basa en criterios objetivos. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Norma específica para peritación de daños en cultivos de fresa y fresón** ⚠️ **Aplicación en el marco del Seguro Agrario Combinado** 📋 **Incluye tablas de referencia para la evaluación de la calidad de los frutos** ℹ️ **No se computan los daños causados por no cumplir con normas de calidad** **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 13 de septiembre de 1988 - **Tipo**: Norma específica - **Fecha**: 13 de septiembre de 1988 - **Materias**: Seguro Agrario Combinado, peritación de siniestros, cultivo de fresa y fresón - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 1988 se creó para desarrollar la norma general de peritación de siniestros del Seguro Agrario Combinado, aprobada en 1986. Antes de esta norma específica, la evaluación de daños en cultivos de fresa y fresón se regía por criterios más generales. La norma actual detalla el procedimiento de peritación, incluyendo la inspección de documentos y la evaluación en campo, para asegurar una valoración precisa y equitativa. Su importancia radica en garantizar que los agricultores reciban una compensación adecuada por las pérdidas sufridas, fortaleciendo la confianza en el sistema de seguro agrario. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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