Corrección de erratas de la Orden de 13 de septiembre de 1988 por la que se aprueba la Norma Específica para la Peritación de Siniestros del Cultivo de Fresa y Fresón en el Seguro Agrario Combinado.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas de la Orden de 13 de septiembre de 1988 por la que se apru ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El presente documento corrige errores en la Orden de 13 de septiembre de 1988, que aprueba la Norma Específica para la Peritación de Siniestros del Cultivo de Fresa y Fresón en el Seguro Agrario Combinado. 2. **CONTEXTO** La Orden de 13 de septiembre de 1988 fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 16 de septiembre. Durante su publicación, se detectaron errores en la inserción de dicha Orden. Estos errores afectan la precisión de la norma y, por tanto, su aplicación en la peritación de siniestros agrarios. Por ello, se emite una corrección para garantizar la correcta interpretación y aplicación de la norma. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El documento corrige tres errores en la Orden de 13 de septiembre de 1988, que se publicó en el BOE el 16 de septiembre. Los errores afectan a la precisión de la norma y su aplicación en la peritación de siniestros del cultivo de fresa y fresón en el Seguro Agrario Combinado. En primer lugar, en la página 27404 del anexo, en el apartado 1 del Marco Legal, se corrige la fecha de publicación de la Orden. Originalmente se indicaba: «("Boletín Oficial del Estado" número 182, del 31)», pero debe decir: «("Boletín Oficial del Estado" número 182, del 31 de julio)». Esta corrección asegura que la fecha de publicación sea precisa, lo cual es fundamental para la vigencia y aplicación de la norma. En segundo lugar, en la página 27405, en el apartado 5.1.b), párrafo segundo, se corrige el término «inspección inmediante» por «inspección inmediata». Esta corrección es relevante para la correcta interpretación de los procedimientos de inspección en la peritación de siniestros, ya que el término «inmediata» implica una acción inmediata y directa, mientras que «inmediante» podría dar lugar a malentendidos. En tercer lugar, en la página 27406, en la tabla II, grupo I, se corrige el porcentaje de daños asociado al grupo I. Originalmente se indicaba: «1», pero debe decir: «1-40». Esta corrección es crucial, ya que define el rango de daños que se consideran en el grupo I, lo cual influye directamente en la valoración de los siniestros y en la determinación de la indemnización. Estas correcciones son necesarias para garantizar la coherencia interna de la norma, así como su aplicación correcta en el ámbito del seguro agrario combinado. La norma establece los criterios para la peritación de siniestros en cultivos específicos, lo que implica una evaluación precisa de los daños causados por eventos adversos, como plagas, enfermedades o condiciones climáticas adversas. La corrección de estos errores no solo afecta a la precisión de la norma, sino también a la confianza en el sistema de seguro agrario, ya que una norma mal aplicada puede generar desacuerdos entre los asegurados y las entidades aseguradoras. Por ello, es fundamental que estas correcciones se incorporen en la norma para garantizar su correcta aplicación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El documento corrige errores en la Orden de 1988 para garantizar su correcta aplicación. Las correcciones afectan a la fecha de publicación, el término de inspección y el rango de porcentajes de daños. Estas correcciones son necesarias para la precisión de la norma y su aplicación en el seguro agrario. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Corrección de errores en la fecha de publicación de la Orden. ⚠️ Importancia de la precisión en la fecha para la vigencia de la norma. 📋 Corrección del término «inspección inmediante» a «inspección inmediata». ℹ️ Ajuste del porcentaje de daños en el grupo I de la tabla II. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 13 de septiembre de 1988 (publicación original), corrección posterior - **Materias**: Seguro agrario, peritación de siniestros, cultivo de fresa y fresón - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: seguro agrario, peritación, siniestros, fresa, fresón, norma específica, corrección de errores ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
La Orden de 13 de septiembre de 1988 estableció la norma específica para la peritación de siniestros en el cultivo de fresa y fresón dentro del Seguro Agrario Combinado. Esta corrección de erratas, publicada el 10 de octubre de 1988, no altera el fondo de la norma, sino que subsana imprecisiones formales y de redacción. A diferencia de normativas más recientes que podrían haber sido actualizadas o reemplazadas, esta corrección se centra en la precisión de un documento de 1988. La importancia radica en asegurar la correcta aplicación de las bases del seguro agrario, garantizando que las peritaciones se realicen conforme a lo legalmente establecido, lo cual es fundamental para la estabilidad del sector agrícola. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────