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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 30 de septiembre de 1988 sobre fijación de la fórmula determinante del contingente anual de autorizaciones de transporte de viajeros, de ámbito nacional, para vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor.

BOE-A-1988-23408Publicada: 10/10/1988MINISTERIO DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 30 de septiembre de 1988 sobre fijación de la fórmula determinante del ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 30 de septiembre de 1988 establece la fórmula para determinar el contingente anual de autorizaciones de transporte de viajeros para vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor, de ámbito nacional. **2. CONTEXTO** La Orden de 22 de febrero de 1988 había establecido las condiciones para otorgar, modificar y extinguir autorizaciones de transporte de viajeros, indicando que el número de autorizaciones para transporte público de ámbito nacional estaría limitado a un contingente anual que fijaría el Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones. Para ello, se estableció una fórmula basada en criterios objetivos que permitiera adaptarse a las variaciones en la demanda. La Orden de 1988 se complementa con esta norma para precisar la fórmula de cálculo del contingente anual. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 30 de septiembre de 1988 establece una fórmula para determinar el contingente anual de autorizaciones de transporte de viajeros para vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor, de ámbito nacional. La fórmula se basa en criterios objetivos que permitan adaptarse a las variaciones en la demanda anual. Para ello, se establecen varios coeficientes y variables que se utilizan en el cálculo, como VDC, VDL, VR, VPC, entre otros, todos referidos al año inmediatamente anterior al que se pretende establecer el contingente. La fórmula se aplica mediante dos criterios principales: - **C1 = 0,10 (VDL + VR)**: este coeficiente se calcula con el incremento del año anterior del conjunto de autorizaciones VDL y VR. - **C2 = 0,01 (VRN)**: este coeficiente se calcula con el número de autorizaciones VR adscritas a servicios regulares de más de 100 kilómetros de longitud de itinerario. La fórmula se aplica para determinar el contingente anual, y se establece que, si el resultado obtenido es inferior al obtenido mediante otras fórmulas, el contingente coincidirá con la mayor de estas. La Dirección General de Transportes Terrestres es la encargada de determinar el contingente anual, tan pronto como se conozcan los datos necesarios para su aplicación. Además, esta Dirección podrá dictar instrucciones necesarias para la aplicación de la orden y resolver dudas que surjan en su interpretación. La norma establece que las variables utilizadas en la fórmula están referidas al año inmediatamente anterior al que se pretende establecer el contingente. Esto permite una evaluación actualizada de la demanda y la oferta de transporte. La Orden también establece que, en ciertos casos, como cuando el crecimiento del parque de vehículos con autorizaciones de ámbito local y la variación de las autorizaciones VR es significativo, el contingente se fija en función de dicho crecimiento, evitando distorsiones y permitiendo una mayor flexibilidad a las empresas. En resumen, la Orden establece un marco normativo que permite una regulación objetiva y flexible del número de autorizaciones de transporte de viajeros, adaptándose a las necesidades reales del mercado y a las variaciones en la demanda. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1988 establece una fórmula para determinar el contingente anual de autorizaciones de transporte de viajeros. Esta fórmula se basa en criterios objetivos y variables que reflejan la demanda del mercado. La Dirección General de Transportes Terrestres es la encargada de su aplicación y supervisión. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Fórmula objetiva**: La fórmula se basa en variables y coeficientes que reflejan la demanda del mercado. ⚠️ **Flexibilidad**: Se permite ajustar el contingente cuando hay crecimiento significativo en el parque de vehículos. 📋 **Variables clave**: VDC, VDL, VR, VPC, VRN son las magnitudes utilizadas en el cálculo. ℹ️ **Supervisión**: La Dirección General de Transportes Terrestres supervisa la aplicación y resuelve dudas. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 30 de septiembre de 1988 - **Materias**: Transporte, autorizaciones, contingente anual, vehículos de más de nueve plazas - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, la concesión de autorizaciones para transporte público de viajeros en vehículos de más de nueve plazas a nivel nacional estaba sujeta a un contingente anual fijado por el Ministerio. La novedad principal de esta orden de 1988 es la introducción de una fórmula matemática para determinar dicho contingente, basándose en criterios objetivos y la variación de la demanda. Esta medida buscaba dotar de mayor transparencia y previsibilidad al sistema, adaptándose a las dinámicas del mercado. A diferencia de otras normativas autonómicas o europeas que podían tener enfoques distintos, esta orden se centraba en el ámbito nacional español, intentando equilibrar la oferta y la demanda para asegurar la eficiencia del sector. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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