Real Decreto 1243/1988, de 21 de octubre, por el que se crea la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación en la Embajada de España en Rabat.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1243/1988, de 21 de octubre, por el que se crea la Consejería de Ag ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1243/1988 crea la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación en la Embajada de España en Rabat, con el objetivo de fortalecer las relaciones agroalimentarias y pesqueras entre España y Marruecos. 2. **CONTEXTO** La importancia creciente de las relaciones hispano-marroquíes ha generado un aumento significativo en los intercambios entre ambos países, especialmente en el sector agroalimentario y pesquero. Para mejorar la representación y gestión de estos intercambios, se decidió crear una Consejería especializada en la Embajada de España en Rabat. Esta medida se basa en la organización previa establecida en el Real Decreto 632/1987. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1243/1988, de 21 de octubre de 1988, establece la creación de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación en la Embajada de España en Rabat. Esta Consejería se considera una oficina diplomática integrada en la Embajada, dependiente funcionalmente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que se encarga de su organización interna, dotación presupuestaria, inspección técnica y control. No obstante, se mantiene la vigencia de lo establecido en el artículo 8.º del Real Decreto 632/1987, de 8 de mayo, así como las competencias del Ministerio para las Administraciones Públicas en materia organizativa. El artículo único del Real Decreto establece que la Consejería se crea con la finalidad de mejorar la representación y gestión de los intercambios agroalimentarios y pesqueros entre España y Marruecos. La Consejería se integra en la estructura de la Embajada, lo que le otorga una función diplomática, aunque su dependencia funcional corresponde al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Esto permite que el Ministerio tenga control sobre la organización interna y la gestión presupuestaria, mientras que la Embajada se encarga de su funcionamiento en el contexto diplomático. La disposición adicional establece que los Ministros de Economía y Hacienda, de Asuntos Exteriores y de Agricultura, Pesca y Alimentación, previa aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas, dictarán las disposiciones y adoptarán las medidas necesarias para el desarrollo del Real Decreto. Esto refleja una coordinación interministerial para garantizar la implementación efectiva de la Consejería. La disposición final indica que el Real Decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que asegura una entrada en vigor inmediata una vez que se publique. La firma del Real Decreto corresponde al Rey Juan Carlos I, y se firma también por el Ministro para las Administraciones Públicas, Joaquín Almuni Amann, lo que confiere autoridad legal al acto normativo. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1243/1988 crea una Consejería especializada en la Embajada de España en Rabat para mejorar la gestión de los intercambios agroalimentarios y pesqueros con Marruecos. La Consejería depende funcionalmente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, pero opera dentro del marco diplomático de la Embajada. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación en la Embajada de España en Rabat** ⚠️ **Dependencia funcional del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación** 📋 **Integración en el marco diplomático de la Embajada** ℹ️ **Coordinación interministerial para su desarrollo** 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 1243/1988 - **Tipo**: Norma de creación institucional - **Fecha**: 21 de octubre de 1988 - **Materias**: Relaciones exteriores, agricultura, pesca, alimentación, organización administrativa - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Consejería, Embajada, Marruecos, intercambios agroalimentarios, organización administrativa, Real Decreto 632/1987 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto, la representación española en el exterior en materia agrícola y pesquera se gestionaba de forma más general. La creciente relevancia de los intercambios comerciales y pesqueros con Marruecos, un socio estratégico, hizo necesaria una especialización. No existían estructuras similares en otras representaciones diplomáticas españolas en ese momento, ni tampoco una normativa europea específica que dictara algo parecido a nivel de embajadas. La aprobación de este Real Decreto por el Gobierno español, a propuesta de los ministerios implicados, subraya la importancia de Marruecos como mercado y socio en estos sectores, buscando una gestión más eficiente y focalizada de los intereses nacionales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────