Orden JUS/735/2022, de 27 de julio, por la que se establece la elevación a categoría de magistrado o magistrada de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de los partidos judiciales de Puerto del Rosario (Las Palmas), Navalcarnero (Madrid) y San Javier (Murcia).
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Una Orden Ministerial de Justicia que eleva la categoría de tres Juzgados de Primera Instancia e Instrucción a la de magistrado. Afecta a los juzgados con sede en Puerto del Rosario (Las Palmas), Navalcarnero (Madrid) y San Javier (Murcia). Esta elevación se hace porque estos partidos judiciales superan los 150.000 habitantes o tienen incremento significativo de población, y el volumen de asuntos judiciales justifica la medida. **¿A quién afecta?** Afecta directamente a los magistrados, magistradas y Letrados de la Administración de Justicia destinados en estos tres juzgados. También afecta al personal al servicio de la Administración de Justicia que trabaja en estas sedes. De forma indirecta, afecta a los ciudadanos que usan estos juzgados, pues se busca mejorar la prestación del servicio de justicia. **¿Qué cambia o establece?** Los juzgados dejan de ser servidos por jueces y pasan a serlo por magistrados. Esto conlleva aumentos salariales: los magistrados suben del grupo 5.º al grupo 4.º de población, y los Letrados ascienden de 3.ª a 2.ª categoría también con cambio de grupo. Se modifica la ley para incluir estos tres partidos judiciales en la categoría de magistrado. El objetivo es evitar que jueces y personal cambien de destino, proporcionando estabilidad.
💬 Contexto ciudadano
La elevación a la categoría de magistrado de los Juzgados de Puerto del Rosario, Navalcarnero y San Javier responde al criterio poblacional previsto en la LOPJ: municipios que superan los 150.000 habitantes deben contar con titulares de mayor rango. A diferencia de la creación de nuevos juzgados, este mecanismo no requiere nueva dotación presupuestaria sino únicamente reclasificación orgánica. Comparado con la escasa dotación judicial por habitante que España presenta frente a la media UE —17 jueces por 100.000 habitantes frente a más de 20 en Alemania o Francia—, estas medidas incrementales son insuficientes para cerrar la brecha, pero necesarias para racionalizar la distribución de la carga jurisdiccional en municipios de crecimiento demográfico acelerado.