Corrección de errores de la Orden de 17 de octubre de 1988 por la que se ordena la actividad pesquera de la flota española que faena en la zona de regulación de la Organización de la Pesca en el Atlántico Noroccidental (NAFO).
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden de 17 de octubre de 1988 por la que se ordena ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige un error en la redacción del artículo 1.º de la Orden de 17 de octubre de 1988, relativa a la actividad pesquera de la flota española en la zona de regulación de la NAFO. 2. **CONTEXTO** La Orden de 17 de octubre de 1988 establecía normas sobre la actividad pesquera de la flota española en la zona de regulación de la Organización de la Pesca en el Atlántico Noroccidental (NAFO). Se detectó un error en el texto original, que fue corregido mediante una corrección oficial publicada en el "Boletín Oficial del Estado" el 5 de diciembre de 1988. La corrección se refiere a un error de redacción en el artículo 1.º, específicamente en la denominación del aparejo utilizado por los buques poteros. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La corrección se refiere a un error de redacción en el artículo 1.º de la Orden de 17 de octubre de 1988, que establecía el censo de buques poteros. En la página 30204 del "Boletín Oficial del Estado" número 252 de 20 de octubre de 1988, se mencionaba que los buques poteros "utilicen el aparejo denomiando 'poteras'". Esta redacción era incorrecta, ya que el término "denomiando" era mal utilizado y no correspondía al uso del aparejo. La corrección establece que debe decir "utilicen el aparejo denominado 'poteras'". Esta corrección se realiza para garantizar la precisión del texto legal y evitar malentendidos en la aplicación de la norma. La corrección se publica en el "Boletículo Oficial del Estado" el 5 de diciembre de 1988, con la firma del responsable, ROMERO HERRERA. La norma se enmarca dentro del marco legal de la pesca marítima, y su corrección tiene relevancia para la correcta aplicación de las normas vigentes en la zona de regulación de la NAFO. La corrección no modifica el contenido sustancial de la norma, sino que corrige un error de redacción que podría afectar la interpretación del texto. La norma se publica como una corrección de errores, lo que significa que se trata de una norma de carácter informativo y no de nueva regulación. La corrección se realiza en el marco de la actividad pesquera, y su aplicación se rige por las normas vigentes de la NAFO y del derecho español de la pesca marítima. La norma no introduce nuevas obligaciones, sino que corrige una redacción errónea en un artículo ya vigente. La corrección se realiza en el marco de la actividad pesquera, y su aplicación se rige por las normas vigentes de la NAFO y del derecho español de la pesca marítima. La norma se publica como una corrección de errores, lo que significa que se trata de una norma de carácter informativo y no de nueva regulación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige un error de redacción en el artículo 1.º de la Orden de 17 de octubre de 1988. La corrección se publica en el "Boletín Oficial del Estado" el 5 de diciembre de 1988. La norma no modifica el contenido sustancial de la norma, sino que corrige un error de redacción. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de error**: Se corrige un error de redacción en el artículo 1.º de la Orden de 17 de octubre de 1988. ⚠️ **Relevancia limitada**: La norma no introduce nuevas regulaciones, sino que corrige un error de redacción. 📋 **Publicación oficial**: La corrección se publica en el "Boletín Oficial del Estado" el 5 de diciembre de 1988. ℹ️ **Aplicación en la pesca marítima**: La norma se enmarca dentro del marco legal de la actividad pesquera en la zona de regulación de la NAFO. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: 5 de diciembre de 1988 - **Materias**: Pesca marítima, regulación de la NAFO - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: corrección, error, redacción, orden ministerial, pesca marítima, NAFO ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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