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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de erratas de la Orden de 14 de noviembre de 1988 por la que se establecen los requisitos de aeronavegabilidad para las aeronaves ultraligeras motorizadas (U. L. M.).

BOE-A-1988-27705Publicada: 01/12/1988MINISTERIO DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas de la Orden de 14 de noviembre de 1988 por la que se estab ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige un error en la redacción del artículo 5.3, segundo párrafo, de la Orden de 14 de noviembre de 1988, que establece los requisitos de aeronavegabilidad para las aeronaves ultraligeras motorizadas (U. L. M.). 2. **CONTEXTO** La Orden de 14 de noviembre de 1988 establece los requisitos de aeronavegabilidad para las aeronaves ultraligeras motorizadas. Dicha Orden fue publicada en el «Boletén Oficial del Estado» número 277, de fecha 18 de noviembre de 1988. Se detectó un error en la redacción del artículo 5.3, segundo párrafo, que afecta la correcta interpretación de la norma. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma corrige un error de redacción en la Orden de 14 de noviembre de 1988, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 277, de fecha 18 de noviembre de 1988. El error consiste en la utilización incorrecta de la palabra «ejemplo» en lugar de «ejemplar» en el artículo 5.3, segundo párrafo. Según el texto original, el interesado debe «poner a disposición de dicho Servicio un ejemplo del modelo...». La corrección propuesta establece que debe decir «poner a disposición de dicho Servicio un ejemplar del modelo...». Esta corrección no modifica el contenido sustancial de la norma, sino que corrige un error tipográfico o de redacción que podría generar confusiones en la interpretación del requisito. La norma se publica en el «Boletín Oficial del Estado» como corrección de erratas, lo que implica que se trata de una rectificación de un error previamente publicado. La corrección se realiza mediante el uso de la forma «se formula a continuación la oportuna rectificación», lo que indica que se trata de una corrección formal y no de una modificación sustancial. La norma se aplica a las aeronaves ultraligeras motorizadas y establece requisitos de aeronavegabilidad, lo que implica que se trata de una norma de carácter reglamentario. La corrección no introduce nuevos requisitos ni elimina ninguno, sino que asegura que el texto original sea interpretado correctamente. La norma se aplica en el ámbito de la regulación aeronáutica y se encuentra dentro del marco legal de la Administración General del Estado. La corrección se realiza mediante un orden ministerial, lo que indica que se trata de una norma de carácter reglamentario emitida por el Ministerio correspondiente. La norma se publica en el «Boletín Oficial del Estado» como corrección de erratas, lo que implica que se trata de una norma de carácter formal y no de una norma de contenido sustancial. La corrección se realiza en la página 32855, primera columna, del «Boletín Oficial del Estado» número 277, de fecha 18 de noviembre de 1988. La norma se aplica a las aeronaves ultraligeras motorizadas y establece requisitos de aeronavegabilidad, lo que implica que se trata de una norma de carácter reglamentario. La corrección no introduce nuevos requisitos ni elimina ninguno, sino que asegura que el texto original sea interpretado correctamente. La norma se aplica en el ámbito de la regulación aeronáutica y se encuentra dentro del marco legal de la Administración General del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige un error de redacción en una Orden previamente publicada. No modifica el contenido sustancial de la norma, sino que asegura su correcta interpretación. La corrección se realiza mediante un orden ministerial y se publica en el «Boletín Oficial del Estado». 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errata**: Se corrige un error en la redacción de un artículo previamente publicado. ⚠️ **No modificación sustancial**: La corrección no introduce nuevos requisitos ni elimina ninguno. 📋 **Publicación en BOE**: La norma se publica en el «Boletín Oficial del Estado» como corrección de erratas. ℹ️ **Ámbito de aplicación**: Se aplica a las aeronaves ultraligeras motorizadas y establece requisitos de aeronavegabilidad. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 18 de noviembre de 1988 - **Materias**: Aeronavegabilidad, aeronaves ultraligeras motorizadas, reglamentación aeronáutica - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: corrección de errata, aeronavegabilidad, aeronaves ultraligeras motorizadas, Boletín Oficial del Estado, Orden Ministerial ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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