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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1527/1988, de 11 de noviembre, por el que se reestructura la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, con refundición de los Organismos autónomos adscritos a la misma.

BOE-A-1988-29179Publicada: 23/12/1988MINISTERIO DE RELACIONES CON LAS CORTES Y DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1527/1988, de 11 de noviembre, por el que se reestructura la Secret ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1527/1988 reestructura la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, refundiendo los Organismos autónomos adscritos a ella y estableciendo la figura del Instituto de Cooperación Iberoamericana. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 1485/1985 creó la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, integrando Centros directivos y Organismos autónomos bajo su dependencia. Esta norma buscaba mejorar la coordinación y la eficacia en la cooperación internacional, especialmente en el ámbito iberoamericano. La reestructuración de 1988 se justifica por la necesidad de adaptar los instrumentos orgánicos a los nuevos objetivos políticos y a la incorporación a programas comunitarios de ayuda a países en desarrollo. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1527/1988, de 11 de noviembre de 1988, establece una reestructuración integral de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, con la finalidad de mejorar la coordinación, la planificación y la ejecución de las acciones de cooperación. En concreto, el Real Decreto: - **Refundirá los Organismos autónomos** existentes en una sola Entidad, el Instituto de Cooperación Iberoamericana, exclusivamente dedicado al desarrollo, gestión y ejecución de la programación de la cooperación. Esto se basa en la necesidad de centralizar las funciones y potenciar la eficacia del órgano encargado de la cooperación internacional y iberoamericana (artículo 1, párrafo 1). - **Establece la estructura orgánica del Instituto de Cooperación Iberoamericana**, con áreas específicas dedicadas al Caribe anglófono, al Islam no árabe y al Extremo Oriente, en línea con la política de cooperación del Estado español (artículo 1, párrafo 2). Esta organización busca facilitar la acción en los distintos ámbitos geográficos y temáticos de la cooperación. - **Define la plantilla de personal** del Instituto de Cooperación Iberoamericana, detallando la composición del personal funcionario de carrera, el personal funcionario de la Administración del Estado y el personal contratado en régimen laboral. Por ejemplo, se mencionan 17 técnicos, 1 técnico de grado medio, 18 administrativos, 36 auxiliares, 11 subalternos, y otros grupos según escalas de categorías (anexo I). - **Establece que el Real Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado**, lo que garantiza una entrada en vigor inmediata y efectiva de las nuevas estructuras organizativas (artículo 4). - **Se menciona la figura del Instituto Hispano-Árabe de Cultura**, que también se reestructura, aunque con una plantilla de personal menos extensa que la del Instituto de Cooperación Iberoamericana (anexo II). La norma se fundamenta en la necesidad de una mejor organización, planificación y ejecución de la cooperación internacional, con especial énfasis en la cooperación iberoamericana. Además, busca potenciar la capacidad de actuación del nuevo Organismo mediante una organización funcional y específica, que permita una mejor adaptación a las necesidades de los países en desarrollo y a los objetivos políticos del Estado español. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1527/1988 reestructura la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, refundiendo los Organismos autónomos en el Instituto de Cooperación Iberoamericana. Esta norma busca mejorar la coordinación, la planificación y la eficacia en la cooperación internacional y en el ámbito iberoamericano. La reorganización se basa en criterios de centralización, especialización y adaptación a las necesidades de los países en desarrollo. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Reestructuración de la Secretaría de Estado**: Se refunden los Organismos autónomos en el Instituto de Cooperación Iberoamericana. ⚠️ **Necesidad de centralización**: La norma busca mejorar la coordinación y la eficacia en la cooperación internacional. 📋 **Plantilla de personal detallada**: Se establece una estructura específica de personal funcionario y contratado. ℹ️ **Instituto Hispano-Árabe de Cultura**: También se reestructura, aunque con una plantilla menos extensa. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 1527/1988 - **Tipo**: Norma de organización - **Fecha**: 11 de noviembre de 1988 - **Materias**: Cooperación internacional, organización administrativa, instituciones públicas - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Secretaría de Estado, Instituto de Cooperación Iberoamericana, Organismos autónomos, cooperación internacional, reestructuración administrativa ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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