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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de erratas de la Orden de 15 de diciembre de 1988 sobre régimen tarifario de los servicios públicos de viajeros en vehículos de menos de diez plazas.

BOE-A-1989-220Publicada: 05/01/1989MINISTERIO DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas de la Orden de 15 de diciembre de 1988 sobre régimen tarif ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige un error en la redacción del artículo 2 de la Orden de 15 de diciembre de 1988, que regula el régimen tarifario de los servicios públicos de viajeros en vehículos de menos de diez plazas. 2. **CONTEXTO** La Orden de 15 de diciembre de 1988 establecía el régimen tarifario para servicios de transporte público de viajeros en vehículos de menos de diez plazas. En su publicación en el «Boletículo Oficial del Estado» número 311, del 28 de diciembre, se cometió un error de redacción en el artículo 2. Este error afectó la correcta interpretación de la norma, por lo que se emitió una corrección. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La corrección se refiere específicamente al artículo 2 de la Orden de 15 de diciembre de 1988, que establece que «No serán de aplicación las tarifas máximas expresadas en el artículo anterior los servicios de transporte interurbano por carretera». Esta redacción original era incorrecta, ya que faltaba la coma que separa la frase principal de la subordinada. La corrección introduce una coma después de «artículo anterior», lo que hace que la frase sea más clara y coherente. La norma corregida establece que «No serán de aplicación las tarifas máximas expresadas en el artículo anterior, a los servicios de transporte interurbano por carretera». Esta corrección es fundamental para evitar ambigüedades en la aplicación de las tarifas máximas, especialmente en el ámbito de los servicios de transporte interurbano por carretera. La redacción original podría haber sido interpretada como si las tarifas máximas no aplicaran a los servicios de transporte interurbano por carretera en general, lo cual no era el caso. La corrección asegura que las tarifas máximas expresadas en el artículo anterior no se aplican exclusivamente a los servicios de transporte interurbano por carretera, lo que es clave para la correcta aplicación de la norma. Esta corrección no modifica el contenido sustancial de la norma, sino que mejora su claridad y precisión. La norma se publica en el «Boletín Oficial del Estado» como una corrección de errata, lo que refleja la importancia de la precisión en la redacción de normas jurídicas. La corrección se realiza mediante un orden ministerial, lo que indica que se trata de una norma de carácter reglamentario, emitida por el Ministerio correspondiente. Esta norma no introduce nuevos derechos ni obligaciones, sino que corrige una errata en una norma ya vigente. La corrección afecta directamente a los operadores del transporte público de viajeros en vehículos de menos de diez plazas, ya que debe aplicar las tarifas máximas en los términos establecidos en la norma corregida. La corrección es relevante para el sector del transporte público, ya que garantiza la aplicación correcta de las tarifas máximas en los servicios de transporte interurbano por carretera. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige una errata en la redacción del artículo 2 de la Orden de 15 de diciembre de 1988. Esta corrección mejora la claridad de la norma y asegura su correcta aplicación. La norma es relevante para el sector del transporte público. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Corrección de errata en la redacción del artículo 2 de la Orden de 15 de diciembre de 1988. ⚠️ La errata afecta la correcta interpretación de las tarifas máximas en los servicios de transporte interurbano por carretera. 📋 La corrección introduce una coma para mejorar la claridad de la norma. ℹ️ La norma se publica como una corrección en el «Boletín Oficial del Estado». 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 28 de diciembre de 1988 (publicación original), corrección en el mismo boletín - **Materias**: Transporte público, tarifas, erratas - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: errata, transporte interurbano, tarifas máximas, Boletín Oficial del Estado, Orden Ministerial ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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