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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 4 de enero de 1989 por la que se establecen ayudas para la mejora de las condiciones de distribución y promoción de productos agroalimentarios.

BOE-A-1989-1185Publicada: 18/01/1989MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 4 de enero de 1989 por la que se establecen ayudas para la mejora de la ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 4 de enero de 1989 establece ayudas para mejorar las condiciones de distribución y promoción de productos agroalimentarios, priorizando sectores específicos y estableciendo requisitos para su concesión. **2. CONTEXTO** La norma se emite en el marco de la política agraria y alimentaria del Estado, con el objetivo de mejorar la cadena de valor en el sector agroalimentario. Se basa en la Ley 19/1982, que regula la contratación de productos agrarios, y en el Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria. La Orden busca fomentar la integración entre producción, transformación y distribución, con el fin de mejorar la calidad y competitividad de los productos agroalimentarios. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 4 de enero de 1989 establece un régimen de ayudas destinadas a mejorar las condiciones de distribución y promoción de productos agroalimentarios. Estas ayudas están orientadas a fomentar la aproximación entre la producción y la distribución mayorista alimentaria, con el objetivo de incrementar el valor añadido de las materias primas y mejorar la calidad de los alimentos ofrecidos al consumidor. La norma se fundamenta en el artículo 81 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1091/1988, que establece criterios de publicidad, concurrencia y objetividad en la concesión de ayudas. La Orden establece que las ayudas se concederán a empresas o entidades que desarrollen acciones específicas relacionadas con la mejora de condiciones de distribución y promoción de productos agroalimentarios, siempre que estén sujetas a un régimen contractual homologado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Los sectores prioritarios incluyen frutos secos, legumbres secas, miel y productos apicolas, carne y productos cárnicos del cerdo ibérico, leche pasteurizada y quesos tradicionales, aceite de oliva virgen, y cualquier otro producto agroalimentario con denominación de origen, específica o general. Además, se establece que las ayudas podrán ser concedidas a empresas que tengan préstamos concedidos a través de entidades financieras que hayan suscrito convenios específicos de colaboración. La concesión de ayudas se realizará mediante solicitudes dirigidas al Director General de Política Alimentaria, acompañadas de documentación que incluye el contrato homologado, la descripción y justificación de la acción específica, y comprobantes de cumplimiento de obligaciones fiscales y de seguridad social. La Dirección General de Política Alimentaria resolverá las solicitudes, otorgando la ayuda, denegándola o concediéndola en la cuantía correspondiente, según las disponibilidades presupuestarias. La norma establece que solo existirá un beneficiario por cada acción acojida a la presente normativa, que será acordado por las partes suscriptoras del contrato. Además, se establece que las entidades asociativas de producción y empresas de distribución podrán ser beneficiarias si el contrato se establece directamente entre ellas. Se priorizarán las empresas o entidades de ámbito interterritorial o nacional en el otorgamiento de las ayudas. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1989 establece un régimen de ayudas para mejorar la distribución y promoción de productos agroalimentarios, con prioridad en sectores específicos y condiciones claras para su concesión. La norma se fundamenta en la Ley 19/1982 y en el Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria, y establece un procedimiento formal para la tramitación y resolución de las solicitudes. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Objetivo principal**: Mejorar la distribución y promoción de productos agroalimentarios. ⚠️ **Prioridad en sectores específicos**: Frutos secos, legumbres, miel, carne ibérica, leche y aceite de oliva. 📋 **Requisitos para la concesión**: Contrato homologado, documentación específica y cumplimiento de obligaciones fiscales. ℹ️ **Procedimiento formal**: Solicitudes dirigidas al Director General de Política Alimentaria, con resolución basada en disponibilidades presupuestarias. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 4 de enero de 1989 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 4 de enero de 1989 - **Materias**: Agricultura, Alimentación, Contratos, Ayudas públicas - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Ayudas, distribución, promoción, productos agroalimentarios, contratos, Ministerio de Agricultura, Ley 19/1982, Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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