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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 4/1989, de 13 de enero, sobre ampliación de medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de Protección de Menores.

BOE-A-1989-901Publicada: 14/01/1989MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 4/1989, de 13 de enero, sobre ampliación de medios adscritos a los ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 4/1989, de 13 de enero, aprueba la ampliación de medios adscritos a los servicios de protección de menores traspasados a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en cumplimiento de la normativa vigente y de las disposiciones transitorias del Estatuto de Autonomía. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 283/1985, de 6 de febrero, traspasó a Castilla-La Mancha funciones y servicios de protección de menores del Estado, junto con medios personales, materiales y presupuestarios. Posteriormente, el Real Decreto 2057/1985, de 9 de octubre, amplió dichos medios. La Ley 21/1987, de 11 de noviembre, en su disposición adicional primera, encomienda a las Comunidades Autónomas con competencia en protección de menores funciones en materia de guarda, acogimiento, adopción y tutela. El Real Decreto 1064/1983, de 13 de abril, establece las normas para la transferencia de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma. En este contexto, la Comisión Mixta de Transferencias, prevista en el Estatuto de Autonomía, consideró necesario complementar los medios adscritos a los servicios de protección de menores y adoptó un acuerdo en su reunión del 29 de diciembre de 1988, que requiere la aprobación del Gobierno mediante Real Decreto. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 4/1989, de 13 de enero, regula la ampliación de medios adscritos a los servicios de protección de menores traspasados a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Este Real Decreto se fundamenta en la normativa vigente, incluyendo el Real Decreto 283/1985, de 6 de febrero, y el Real Decreto 2057/1985, de 9 de octubre, que establecen la transferencia de funciones y servicios de protección de menores al territorio autonómico. Además, se basa en la Ley 21/1987, de 11 de noviembre, que en su disposición adicional primera, encomienda a las Comunidades Autónomas con competencia en protección de menores funciones en materia de guarda, acogimiento, adopción y tutela. También se refiere al Real Decreto 1064/1983, de 13 de abril, que establece las normas y el procedimiento para las transferencias de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma. La Comisión Mixta de Transferencias, prevista en la disposición transitoria quinta del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, consideró necesario complementar los medios patrimoniales, personales y presupuestarios adscritos a los servicios traspasados en materia de protección de menores. En su reunión del 29 de diciembre de 1988, adoptó un acuerdo que requiere la aprobación del Gobierno mediante Real Decreto. Por tanto, el Real Decreto 4/1989, de 13 de enero, se emite en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria quinta del Estatuto de Autonomía, a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros. El Real Decreto establece la ampliación de medios adscritos a los servicios de protección de menores, con el fin de garantizar la adecuada atención y protección de los menores en el ámbito de la Comunidad Autónoma. En este sentido, se incluyen medios personales, materiales y presupuestarios necesarios para el funcionamiento eficiente de los servicios de protección de menores. La norma también establece la asignación de créditos presupuestarios, como se refleja en la relación de créditos presupuestarios proporcionada, que incluye artículos referidos a gastos de personal, cuotas y gastos sociales, reparaciones y conservación, así como material y suministros, con un total general de 53.991.287 euros. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 4/1989, de 13 de enero, aprueba la ampliación de medios adscritos a los servicios de protección de menores traspasados a Castilla-La Mancha. Se basa en normativas previas y en la disposición transitoria del Estatuto de Autonomía. Establece la asignación de créditos presupuestarios necesarios para el funcionamiento de dichos servicios. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Ampliación de medios**: El Real Decreto establece la ampliación de medios adscritos a los servicios de protección de menores traspasados a la Comunidad Autónoma. ⚠️ **Cumplimiento normativo**: Se basa en normativas previas y en la disposición transitoria del Estatuto de Autonomía. 📋 **Asignación de créditos presupuestarios**: Se incluyen créditos presupuestarios necesarios para el funcionamiento de los servicios de protección de menores. ℹ️ **Relevancia institucional**: Es relevante para la organización y funcionamiento de los servicios de protección de menores en la Comunidad Autónoma. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Normativa de desarrollo - **Fecha**: 13 de enero de 1989 - **Materias**: Protección de menores, transferencia de funciones, presupuesto, servicios públicos - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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