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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de erratas de la Orden de 19 de diciembre de 1988 sobre corrección de desviaciones en la determinación de la tarifa eléctrica de las Empresas gestoras del Servicio.

BOE-A-1989-753Publicada: 12/01/1989MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas de la Orden de 19 de diciembre de 1988 sobre corrección de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El presente documento corrige un error en la redacción de una Orden Ministerial de 1988 sobre la corrección de desviaciones en la determinación de la tarifa eléctrica de las empresas gestoras del servicio. 2. **CONTEXTO** La Orden Ministerial de 19 de diciembre de 1988 fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 310, de fecha 27 de diciembre de 1988. En dicha Orden se establecía un procedimiento para corregir desviaciones en la tarifa eléctrica. Sin embargo, se detectó un error en la redacción de una parte del texto. Este error afecta la precisión del contenido y, por tanto, su aplicación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El documento corrige un error de redacción en la Orden Ministerial de 19 de diciembre de 1988. En concreto, en la página 36199, segunda columna, apartado quinto, líneas tercera y cuarta, se mencionaba: «... de año y medio...», lo cual debe corregirse para decir: «... de año medio...». Este error no afecta el fondo de la Orden, pero sí su redacción, lo cual puede generar confusiones en su interpretación. La corrección se realiza mediante la inclusión del texto original de la Orden, con la corrección aplicada, para garantizar su correcta aplicación. La Orden Ministerial en cuestión establece que las empresas gestoras del servicio eléctrico deben corregir las desviaciones en la determinación de la tarifa eléctrica. Para ello, se establecen procedimientos específicos que deben seguirse. En el apartado quinto, se detalla el cálculo de las desviaciones, indicando que se debe considerar el periodo de «año medio» para determinar la tarifa. Esta corrección es fundamental para garantizar la precisión del cálculo y la aplicación correcta de la norma. La corrección se realiza mediante la inclusión del texto original de la Orden, con la corrección aplicada, para que se pueda consultar y aplicar correctamente. No se modifica el contenido sustancial de la Orden, solo se corrige un error de redacción. La corrección se publica en el mismo Boletín Oficial del Estado, con el fin de garantizar la transparencia y la correcta aplicación de la norma. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El documento corrige un error de redacción en una Orden Ministerial de 1988. La corrección no afecta el contenido sustancial, pero sí su precisión. La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado para garantizar su correcta aplicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de error de redacción**: Se corrige un error en la redacción de una Orden Ministerial de 1988. ⚠️ **No afecta el contenido sustancial**: La corrección no modifica el fondo de la norma, solo su redacción. 📋 **Publicación en Boletín Oficial del Estado**: La corrección se publica en el Boletín Oficial del Estado para garantizar su transparencia. ℹ️ **Relevancia en la aplicación de la norma**: La corrección es relevante para garantizar la correcta aplicación de la norma. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 27 de diciembre de 1988 - **Materias**: Electricidad, tarifa eléctrica, empresas gestoras del servicio - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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