Orden de 31 de enero de 1989 por la que se aprueban los métodos oficiales de análisis para el control de los extractos de café y de los extractos de achicoria.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 31 de enero de 1989 por la que se aprueban los métodos oficiales de aná ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 31 de enero de 1989 establece los métodos oficiales de análisis para el control de los extractos de café y de los extractos de achicoria, con el objetivo de armonizar la legislación nacional con la comunitaria y garantizar la calidad y seguridad de estos productos. 2. **CONTEXTO** La entrada de España en la Comunidad Económica Europea (CEE) generó la necesidad de armonizar su legislación con la comunitaria, especialmente con la Directiva 79/1066/CEE. Esta norma establece métodos para el control de los extractos de café y achicoria. La Orden de 1989 busca dar cumplimiento a estas exigencias y a las decisiones del Tribunal Constitucional sobre la regulación de normas básicas. Además, se fundamenta en la Ley General de Sanidad y en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que otorgan a la Administración Estatal la competencia para establecer métodos técnicos-sanitarios. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 31 de enero de 1989 establece los métodos oficiales de análisis para el control de los extractos de café y de los extractos de achicoria. Estos métodos se fundamentan en la Directiva 79/1066/CEE, que establece un marco común para la regulación de estos productos en la Comunidad Europea. La norma busca garantizar la uniformidad en los criterios de análisis, lo que le otorga el carácter de norma básica, según el Tribunal Constitucional. La Orden se fundamenta en el artículo 40.2 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, que atribuye a la Administración del Estado la competencia para determinar los requisitos sanitarios de las regulaciones técnico-sanitarias de los alimentos, servicios o productos relacionados con el consumo humano. Además, se apoya en el artículo 4.1, G) de la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que establece que las regulaciones técnico-sanitarias deben incluir los métodos oficiales de análisis, toma de muestras, control de calidad e inspección. El artículo 39.1 de la misma Ley 26/1984 establece que corresponde a la Administración del Estado la elaboración y aprobación de las regulaciones técnico-sanitarias. Junto con los artículos mencionados, se deduce que la norma tiene un fundamento legal suficiente para otorgarle el carácter de norma básica. En cuanto al contenido técnico, la Orden detalla los procedimientos para la determinación del contenido en materia seca de los extractos. Se describe un proceso de secado en estufa de vacío, con especificaciones sobre la presión, la temperatura, el tiempo y la forma de secado. Se incluyen pasos detallados para la toma de muestras, el secado, la pesada y el cálculo de los resultados. La fórmula utilizada para calcular el contenido en materia seca es: $$ \left( \frac{M_1 - M_0}{M_2 - M_0} \right) \times 100 $$ donde: - $ M_0 $: masa de la cápsula provista de su tapa seca. - $ M_1 $: masa de la cápsula provista de su tapa y de la toma de ensayo después del secado. - $ M_2 $: masa de la cápsula provista de su tapa y de la toma de ensayo antes del secado. La repetibilidad de los resultados debe ser menor o igual a 0,06 gramos de materia seca por 100 gramos de muestra. Además, se menciona la referencia a la Directiva 79/1066/CEE, que establece el marco legal para estos métodos de análisis. La norma también incluye instrucciones sobre la toma de muestras, el secado, la pesada y la interpretación de los resultados, con un enfoque en la precisión y la estandarización. Estos métodos son aplicables a los extractos de café y achicoria, con el fin de garantizar su calidad, seguridad y homogeneidad en el mercado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1989 establece métodos oficiales de análisis para extractos de café y achicoria, con base en la Directiva comunitaria y en la legislación nacional. La norma tiene fundamento legal suficiente para ser considerada básica y se aplica a la regulación de la calidad y seguridad de estos productos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Armonización con la Directiva 79/1066/CEE**: La norma busca alinear los métodos de análisis con los establecidos a nivel comunitario. ⚠️ **Fundamento legal en leyes nacionales**: Se basa en la Ley General de Sanidad y en la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. 📋 **Procedimiento detallado**: Incluye pasos específicos para la toma de muestras, secado, pesada y cálculo de resultados. ℹ️ **Repetibilidad de resultados**: Se establece un límite máximo para la variación entre resultados, asegurando la precisión. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 31 de enero de 1989 - **Tipo**: Norma básica - **Fecha**: 31 de enero de 1989 - **Materias**: Alimentación, control de calidad, seguridad alimentaria - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────