Texto enmendado aprobado en París el 15 de noviembre de 2025 del Anexo I, Listas de sustancias y métodos prohibidos, de la Convención Internacional contra el dopaje en el deporte, hecha en París el 18 de noviembre de 2005.
¿Qué dice esta ley?
**Qué es** La lista oficial de sustancias y métodos que están prohibidos en el deporte ha sido actualizada. Se trata de una enmienda al acuerdo internacional que controla qué pueden o no usar los atletas en competiciones, para garantizar que todos compitan en igualdad de condiciones sin ventajas artificiales. **A quién afecta** Principalmente a deportistas profesionales y amateurs que participan en competiciones, entrenadores, médicos deportivos y las federaciones nacionales e internacionales que velan por el cumplimiento de estas reglas. También toca a laboratorios de análisis antidopaje. **Qué cambia** La actualización revisa qué sustancias y técnicas están vetadas. Algunos fármacos pueden incluirse (como nuevas drogas sintéticas) o excluirse si dejan de considerarse sustancias de riesgo. Los métodos prohibidos —como transfusiones de sangre o manipulación genética— también pueden modificarse. Esto obliga a entrenamientos acordes a la nueva lista y a tests más precisos. **Cuándo** Fue aprobada el 15 de noviembre de 2025. Generalmente este tipo de enmiendas entran en vigor poco después de su aprobación, aunque conviene consultar la fecha exacta de implementación en los organismos antidopaje (como la WADA, Agencia Mundial Antidopaje).
💬 Contexto ciudadano
La Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte de la UNESCO (París 2005) complementa el Código Mundial Antidopaje de la WADA con un instrumento jurídicamente vinculante para los estados. La actualización del Anexo I, que enumera las sustancias y métodos prohibidos, se produce anualmente, incorporando nuevas sustancias detectadas o cuya prohibición ha sido acordada por la WADA. Las enmiendas de noviembre de 2025 responden a la detección de nuevos agentes de transferencia genética, moduladores metabólicos y péptidos de síntesis que aumentan el rendimiento deportivo. Para atletas de competición españoles, la actualización de las listas es obligatoria de conocer para evitar ingestas inadvertidas de sustancias prohibidas presentes en suplementos alimentarios u otros productos. Para la AEPSAD, la entrada en vigor de las nuevas listas requiere actualizar los paneles de análisis de los controles antidopaje.