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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 21 de enero de 1989 por la que se regula la comercialización de los materiales forestales de reproducción.

BOE-A-1989-3079Publicada: 08/02/1989MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 21 de enero de 1989 por la que se regula la comercialización de los mat ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 21 de enero de 1989 establece normas para la comercialización de materiales forestales de reproducción en España, garantizando su calidad genética y su identidad, con especial relevancia para repoblaciones forestales destinadas a la producción de madera. 2. **CONTEXTO** La Orden surge de la necesidad de garantizar la calidad genética de los materiales forestales utilizados en la producción de bosques, lo que permite mejorar la rentabilidad de la tierra. Además, se busca adaptar la normativa a la Directiva Europea 66/404. La norma se aplica a especies forestales específicas, tanto de reproducción sexual como vegetativa, y permite excepciones para especies no incluidas. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 21 de enero de 1989 regula la comercialización de materiales forestales de reproducción en España, con el objetivo de garantizar su calidad genética y su identidad. En concreto, se establecen normas que permiten la comercialización de materiales forestales de reproducción sexual y vegetativa, siempre que cumplan con ciertos requisitos. La norma se aplica a especies forestales específicas, entre las que se incluyen abies, fagus, larix, picea, pinus, pseudotsuga y quercus, entre otras. Además, se permite la adopción de medidas para especies no incluidas en la norma, con requisitos menos estrictos. El artículo 1 define que la Orden se refiere a los materiales forestales de reproducción comercializados en España por razón de sus contenidos genéticos. El artículo 2 detalla que están sujetos a la Orden los materiales de reproducción sexual de las especies mencionadas, así como los materiales de reproducción vegetativa de *Populus sp.*. En cuanto a la metodología de evaluación, se establece que los ensayos precoces, como los realizados en vivero, invernadero o laboratorio, son válidos si se demuestra una correlación entre los valores de los caracteres apreciados en la fase juvenil y en las fases posteriores de desarrollo. Además, se establece que el material de base puede ser admitido en función de un carácter esencial para la supervivencia en condiciones ecológicas extremas, sin exigir la igualdad al valor medio de los testigos para otros caracteres. En el anexo III, se incluyen los certificados de procedencia e identidad, que deben contener información detallada sobre la naturaleza del producto, la especie, la categoría del material, la región de procedencia, la naturaleza del material de base, la cantidad, el tipo y la marca de los bultos, entre otros datos. Estos certificados son esenciales para garantizar la transparencia y la calidad de los materiales forestales comercializados. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1989 establece normas claras para la comercialización de materiales forestales de reproducción en España. Establece requisitos de calidad genética y de identidad, con especial relevancia para repoblaciones forestales. Además, permite excepciones para especies no incluidas en la norma. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Garantía de calidad genética**: Se exige que los materiales forestales de reproducción cumplan con requisitos de calidad genética. ⚠️ **Identidad del material**: Se establece la necesidad de garantizar la identidad del material al momento de su comercialización. 📋 **Adaptación a normativa europea**: La norma se adapta a la Directiva Europea 66/404. ℹ️ **Certificados de procedencia e identidad**: Se requieren certificados detallados para garantizar la transparencia y la calidad de los materiales forestales. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 21 de enero de 1989 - **Materias**: Forestal, comercio, calidad genética, identidad de materiales - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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