Corrección de erratas de la Orden de 22 de diciembre de 1988 por la que se fijan los valores estándares brutos y netos a 31 de diciembre de 1988, el valor actualizado neto estándar a efectos de retribución y la modalidad de actualización de las instalaciones de generación eléctrica que han entrado en explotación dentro de 1988.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas de la Orden de 22 de diciembre de 1988 por la que se fijan ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige errores en la inserción de la Orden de 22 de diciembre de 1988, que establece valores estándares para instalaciones eléctricas, publicada en el Boletín Oficial del Estado. 2. **CONTEXTO** La Orden de 1988 establece valores estándares brutos y netos, el valor actualizado neto estándar y la modalidad de actualización para instalaciones eléctricas. Durante su publicación, se presentaron errores en la transcripción de dicha orden. Estos errores afectaron la precisión de los datos técnicos y financieros relacionados con las instalaciones hidroeléctricas. Por ello, se emitió una corrección para corregir dichas inexactitudes. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma en cuestión, de naturaleza ministerial y nacional, corrige errores en la inserción de la Orden de 22 de diciembre de 1988, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) número 312, de fecha 29 de diciembre de 1988. La Orden original establecía los valores estándares brutos y netos a 31 de diciembre de 1988, el valor actualizado neto estándar a efectos de retribución y la modalidad de actualización de las instalaciones de generación eléctrica que entraron en explotación dentro de 1988. Estos valores eran fundamentales para la determinación de la retribución de dichas instalaciones, por lo que su precisión era clave. La corrección se refiere específicamente a tres errores en el anexo I de la Orden original. En la página 36498 del BOE, en la columna "Nombre" del Subsistema Hidroeléctrica Española, se mencionaba "Cortés II 1 y Cortés II 2", cuando debería decir "Cortes II 1 y Cortes II 2". En la columna "Potencia - Mw", en la última línea, el valor "707,03" debe ser "707,04". Finalmente, en la columna "Valor neto", en la penúltima línea, el valor "333280,28" debe ser "333.280,28". Estas correcciones son relevantes para garantizar la precisión de los datos técnicos y financieros utilizados en la evaluación de las instalaciones eléctricas. La norma no introduce nuevos principios jurídicos, sino que corrige errores en la transcripción de una orden ya publicada. Por tanto, su contenido jurídico se limita a la rectificación de errores en la redacción de la Orden de 1988. No se modifican los principios generales que rigen la retribución de las instalaciones eléctricas, sino solo los datos específicos que se incluían en dicha orden. Esto implica que las correcciones afectan únicamente a la precisión de los valores numéricos y el nombre de las instalaciones, sin alterar el marco normativo general. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige errores en la transcripción de una orden ya publicada. No introduce cambios sustanciales, sino que asegura la precisión de los datos técnicos y financieros utilizados en la retribución de instalaciones eléctricas. La corrección es relevante para garantizar la exactitud de los valores establecidos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Corrección de errores en la transcripción de una orden ya publicada. ⚠️ No introduce cambios sustanciales, solo rectifica datos específicos. 📋 Afecta a valores numéricos y nombres de instalaciones hidroeléctricas. ℹ️ Relevante para la precisión de la retribución de instalaciones eléctricas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 29 de diciembre de 1988 (publicación original), corrección posterior - **Materias**: Energía eléctrica, retribución, valores estándares, instalaciones hidroeléctricas - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: corrección de erratas, valores estándares, retribución, instalaciones eléctricas, hidroeléctrica ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────