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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 1/1989, de 16 de febrero, de creación del Instituto Catalán de Estudios Mediterráneos.

BOE-A-1989-5003Publicada: 04/03/1989COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Ley 1/1989, de 16 de febrero, de creación del Instituto Catalán de Estudios Medi ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 1/1989, de 16 de febrero, crea el Instituto Catalán de Estudios Mediterráneos (ICEM), una entidad autónoma con personalidad jurídica y patrimonio propio, encargada de estudiar y difundir las realidades culturales del área mediterránea. **2. CONTEXTO** La norma fue promulgada por el Presidente de la Generalidad de Cataluña, Jordi Pujol, en cumplimiento del artículo 33.2 del Estatuto de Autonomía de Cataluña. Se publicó en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña el 20 de febrero de 1989. La ley busca fortalecer la investigación y difusión cultural en el ámbito mediterráneo, con especial enfoque en Cataluña y los territorios de lengua catalana. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 1/1989, de 16 de febrero, establece la creación del Instituto Catalán de Estudios Mediterráneos (ICEM), una entidad autónoma con personalidad jurídica y patrimonio propio, adscrita al Departamento que determine el Consejo Ejecutivo. El ICEM tiene como objetivo estudiar y difundir las realidades culturales del área mediterránea, con especial atención a Cataluña y los demás territorios de su misma lengua. Según el artículo 1, el ICEM goza de plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, de conformidad con la presente ley, sus estatutos y la legislación general sobre entidades autónomas. El artículo 2 detalla los objetivos del instituto, que incluyen el estudio de problemas relacionados con el medio ambiente, la industria, el comercio, las nuevas tecnologías y las realidades culturales en el área mediterránea. Además, el ICEM podrá organizar cursos, seminarios, congresos y exposiciones, conceder becas y ayudas, editar publicaciones y impulsar cualquier iniciativa que contribuya a sus fines. El artículo 3 establece que el ICEM se regirá por los siguientes órganos: la Junta de Gobierno y el Director. El artículo 4 detalla la composición de la Junta de Gobierno, que incluye al Presidente de la Generalidad de Cataluña como presidente y un vicepresidente que será un consejero del gobierno. En cuanto a los recursos, el artículo 5 establece que el ICEM podrá disponer de las asignaciones que le sean consignadas en las leyes de presupuestos de la Generalidad, los ingresos derivados de la gestión y explotación de sus bienes y servicios, los frutos, rentas o intereses de sus bienes patrimoniales, las subvenciones o aportaciones voluntarias de entidades y particulares, y cualquier otro recurso que le pueda ser atribuido. El presupuesto del instituto será anual y se sujetará a la legislación sobre presupuestos de las entidades autónomas. Además, el ICEM goza de las exenciones y beneficios fiscales correspondientes a la Generalidad. El artículo 11 establece que contra los actos administrativos del ICEM serán procedentes los recursos establecidos en las normas sobre procedimiento administrativo aplicables en Cataluña, con las siguientes peculiaridades: todos los actos administrativos del instituto podrán ser objeto de recurso de alzada ante el titular del departamento al que esté adscrito el instituto. El recurso extraordinario de revisión se interpondrá siempre ante el Consejo Ejecutivo de la Generalidad. La interposición de recurso contencioso-administrativo será procedente de acuerdo con lo establecido por la ley de dicha jurisdicción. El ejercicio de acciones civiles y laborales se regirá por las normas de aplicación general y la reclamación previa se dirigirá siempre a la Junta de Gobierno. La disposición final establece que el Consejo Ejecutivo queda facultado para dictar las normas necesarias para el desarrollo y la ejecución de la presente ley. La ley se publicó en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña, número 1109, de 20 de febrero de 1989. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 1/1989 crea el Instituto Catalán de Estudios Mediterráneos como entidad autónoma con personalidad jurídica y patrimonio propio. Establece sus objetivos, estructura, recursos y mecanismos de control. La norma fue promulgada en 1989 y publicada en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación del ICEM**: Entidad autónoma con personalidad jurídica y patrimonio propio. ⚠️ **Objetivos específicos**: Estudio y difusión de realidades culturales del área mediterránea. 📋 **Estructura y órganos**: Junta de Gobierno y Director. ℹ️ **Recursos y presupuesto**: Asignaciones, ingresos, subvenciones y exenciones fiscales. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Cataluña - **Fuente**: Ley 1/1989 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 16 de febrero de 1989 - **Materias**: Autonomía, cultura, instituciones públicas - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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