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Orden MinisterialNacionalvigente

Resolución de 24 de febrero de 1989, de la Dirección General de Transportes Terrestres, sobre cancelación y devolución de fianzas de agencias de transporte de mercancías constituidas antes de la entrada en vigor de la Orden de 31 de julio de 1987, reguladora de dichas agencias.

BOE-A-1989-4951Publicada: 03/03/1989MINISTERIO DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 24 de febrero de 1989, de la Dirección General de Transportes Terr ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 24 de febrero de 1989 autoriza la cancelación y devolución de fianzas constituidas antes de la entrada en vigor de la Orden de 1987, en cumplimiento de las disposiciones transitorias de dicha Orden. 2. **CONTEXTO** La Orden de 31 de julio de 1987 estableció nuevas normas para la regulación de las agencias de transporte de mercancías, incluyendo la constitución de fianzas. Para garantizar una transición ordenada, se estableció un plazo de seis meses para que los titulares de autorizaciones actualizasen sus fianzas. Si no lo hacían, se les revocaría la autorización. La presente Resolución se emitió tras el vencimiento de dicho plazo, con el objetivo de regular la devolución de las fianzas anteriores. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 24 de febrero de 1989, emitida por la Dirección General de Transportes Terrestres, establece un régimen de cancelación y devolución de fianzas constituidas antes de la entrada en vigor de la Orden de 31 de julio de 1987. Esta Orden establecía que los titulares de autorizaciones de agencias de transporte de mercancías debían realizar el canje de sus autorizaciones por nuevas, previa justificación del cumplimiento de los requisitos, incluida la constitución de la fianza preceptiva. La Disposición Transitoria Tercera de dicha Orden establecía que la no realización del canje en el plazo de seis meses o la denegación por incumplimiento de requisitos implicaría la automática revocación de la autorización y la prohibición del ejercicio de la actividad. Tras el vencimiento del plazo de seis meses, la Resolución establece que procede la devolución de las fianzas anteriores, tanto en los casos en que las nuevas hayan sido constituidas como en el de que, por no haberlo sido, proceda la anulación de las correspondientes autorizaciones. La Resolución autoriza la cancelación y devolución de las fianzas constituidas en cumplimiento del artículo 146 del Reglamento de Ordenación de los Transportes Mecánicos por Carretera, de 9 de diciembre de 1949, por los titulares de autorizaciones de agencias de transporte de mercancías antes del 8 de agosto de 1987, fecha de entrada en vigor de la Orden de 1987. Para la devolución de las fianzas, será suficiente la simple justificación de su constitución por las personas que las hubieran realizado o, en su caso, por sus herederos o causahabientes. Se entiende cumplido por esta Resolución todos los trámites necesarios para la liberación individualizada de las mismas. Además, se declaran formalmente caducadas las autorizaciones de agencias de transporte de mercancías cuyos titulares no hayan realizado, en el plazo de seis meses previsto en la Orden de 1987, la constitución de las nuevas fianzas exigidas. La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La Resolución fue firmada por el Director General, Manuel Panadero López, en Madrid, el 24 de febrero de 1989. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 1989 establece un régimen de cancelación y devolución de fianzas constituidas antes de la entrada en vigor de la Orden de 1987. Permite la devolución de dichas fianzas, siempre que se justifique su constitución. Además, declara caducadas las autorizaciones no actualizadas. La Resolución entra en vigor al día de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Autorización de cancelación y devolución de fianzas**: Se permite la cancelación y devolución de fianzas constituidas antes de la entrada en vigor de la Orden de 1987. ⚠️ **Plazo de seis meses**: La no actualización de las fianzas en el plazo establecido lleva a la revocación de la autorización. 📋 **Justificación de constitución**: Para la devolución, basta con justificar la constitución de la fianza. ℹ️ **Caducidad de autorizaciones**: Las autorizaciones no actualizadas se declaran formalmente caducadas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 24 de febrero de 1989 - **Materias**: Transporte de mercancías, fianzas, autorizaciones, regulación de agencias - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: fianzas, autorizaciones, agencias de transporte, Orden de 1987, Resolución de 1989 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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