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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 16 de febrero de 1989 por la que se aprueba la Norma Específica para la peritación de siniestros del Cultivo de Cereales de Invierno en el Seguro Agrario Combinado.

BOE-A-1989-4239Publicada: 23/02/1989Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 16 de febrero de 1989 por la que se aprueba la Norma Específica para la ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 16 de febrero de 1989 establece la Norma Específica para la peritación de siniestros del Cultivo de Cereales de Invierno en el Seguro Agrario Combinado, detallando los criterios para evaluar daños causados por pedrisco e incendio. **2. CONTEXTO** Esta norma se emite en cumplimiento de una Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 27 de diciembre de 1985, que crea una Comisión para elaborar normas de peritación de siniestros en el Seguro Agrario Combinado. La norma se basa en el Real Decreto 2329/1979, que regula la aplicación de la Ley 87/1978 de Seguros Agrarios Combinados. La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado el 9 de octubre de 1989 y entra en vigor al día siguiente. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 16 de febrero de 1989 aprueba una Norma Específica de peritación para el Cultivo de Cereales de Invierno en el Seguro Agrario Combinado, que se aplica a daños causados por pedrisco e incendio. La norma se fundamenta en el Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, que regula el Seguro Agrario Combinado, y en la Orden de 21 de julio de 1986, que aprobó una norma general de peritación. La norma se aplica a cultivos de trigo, cebada, avena y centeno, y establece criterios para la evaluación de daños en diferentes etapas de maduración. La norma establece que la peritación se realizará en base a la evaluación de los daños en función del número de días antes de la maduración, y se detallan tablas que indican el porcentaje de daño según el tipo de daño y la ubicación en el tallo. Por ejemplo, para el doblado bajo (en el tercio inferior del tallo), se establecen porcentajes de daño según el número de días antes de la maduración. Asimismo, se establecen criterios para la evaluación de daños en espigas enganchadas, acodadas o con último internudo ondulado. En la tabla número 2, se detallan los daños máximos como consecuencia de enganches y acodamientos en espigas o último internudo en tasación definitiva. Por ejemplo, se establece que las espigas enganchadas representan un daño del 35% por cada 100, mientras que las espigas acodadas representan un daño del 25% por cada 100. El último internudo ondulado fuerte representa un daño del 15%, el medio del 10%, y el leve del 0%. La norma también define términos técnicos como "espigas enganchadas", que son aquellas que en el momento de la madurez tienen su ápice, las barbas o aristas pegadas a la vaina. Las "espigas acodadas" son aquellas en las que el raquis está fuertemente angulado, y el "último internudo ondulado" se refiere al acodamiento del internudo inferior a la espiga, variando desde un angulamiento leve a prácticamente un zig-zag. La norma se aplica en la evaluación de daños en la producción de cereales de invierno, y establece criterios objetivos para la peritación, lo que facilita la evaluación de daños en casos de siniestros cubiertos por el Seguro Agrario Combinado. La norma se complementa con la norma general de peritación aprobada en 1986, y se publica en el Boletín Oficial del Estado el 9 de octubre de 1989, entrando en vigor al día siguiente. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1989 establece una norma específica para la peritación de daños en cereales de invierno en el Seguro Agrario Combinado. Se basa en normas previas y establece criterios objetivos para la evaluación de daños. La norma se aplica a cultivos específicos y establece tablas de porcentajes según el tipo y ubicación del daño. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Norma específica para peritación de daños en cereales de invierno**: Se establecen criterios objetivos para evaluar daños causados por pedrisco e incendio. ⚠️ **Aplicación a cultivos específicos**: La norma se aplica a trigo, cebada, avena y centeno. 📋 **Tablas de porcentajes según tipo de daño**: Se detallan porcentajes de daño según la ubicación en el tallo y la etapa de maduración. ℹ️ **Definición de términos técnicos**: Se establecen definiciones claras de términos como "espigas enganchadas" y "último internudo ondulado". **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 16 de febrero de 1989 - **Tipo**: Norma Específica - **Fecha**: 16 de febrero de 1989 - **Materias**: Seguro Agrario Combinado, Peritación de Siniestros, Cereales de Invierno - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden de 1989, la peritación de siniestros en el seguro agrario, específicamente para cereales de invierno, se regía por una Norma General aprobada en 1986. Esta norma específica para cereales de invierno se presenta como un desarrollo de aquella, detallando procedimientos y ámbitos de aplicación para peritar daños por pedrisco e incendio. A diferencia de normativas más generales, esta Orden es de ámbito nacional y fue aprobada por los Ministerios de Economía y Hacienda y de Agricultura, Pesca y Alimentación, tras consultar a organizaciones de agricultores y entidades aseguradoras. La existencia de normas específicas como esta, frente a un marco más genérico, es crucial para el ciudadano agricultor, ya que permite una valoración más precisa y adaptada de los daños sufridos en sus cultivos, garantizando una cobertura más justa y eficiente del seguro agrario. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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