Corrección de errores de la Orden de 16 de febrero de 1989 por la que se aprueba la Norma Específica para la Peritación de Siniestros del Cultivo de Leguminosas Grano en el Seguro Agrario Combinado.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden de 16 de febrero de 1989 por la que se aprueba ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige errores en la Orden de 16 de febrero de 1989, que establecía la Norma Específica para la Peritación de Siniestros del Cultivo de Leguminosas Grano en el Seguro Agrario Combinado. 2. **CONTEXTO** La Orden de 1989 fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el 23 de febrero. En ella se establecía un marco legal para la peritación de siniestros en cultivos específicos. Posteriormente, se detectaron errores en el texto original, que afectaban la claridad y precisión de los procedimientos peritales. Por ello, se emitió una corrección para garantizar la correcta aplicación de la norma. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma corrige errores en la Orden de 16 de febrero de 1989, que establecía la Norma Específica para la Peritación de Siniestros del Cultivo de Leguminosas Grano en el Seguro Agrario Combinado. Las correcciones afectan tres puntos específicos: - En la página 5276, apartado 1.º del anexo, Marco Legal, se corrige la fecha de publicación del Boletín Oficial del Estado, pasando de «número 182, del 31» a «número 182, de 31 de julio». Esta corrección es importante para garantizar la precisión histórica y legal de la norma. - En el apartado 5.º, Procedimiento para la peritación de daños, se corrige la frase «Estas dos fases podrán coincidir en uns sola...» a «Estas dos fases podrán coincidir en una sola...». Esta corrección corrige un error de redacción que podría generar confusión en la interpretación del procedimiento peritual. - En el apartado 5.1.d), se corrige la tabla de muestras mínimas a tomar. La tabla original presentaba una estructura incorrecta, con errores en la descripción de las unidades de muestreo y la cantidad de muestras. La corrección establece que: - Para la evaluación del daño: - Siembra en línea: 0,5 metros. - 3 muestras. - 1 unidad/Ha. - Para el aforo: - 0,25 metros cuadrados. - 3 muestras. - 1 unidad/Ha. Además, se corrige la frase «La toma de cada muestra para la determinación del aforo llevará aparejada la recogida de otra zona colindante, cuyo fin sea la evaluación del porcentaje de daño» a «La toma de cada muestra para la determinación del aforo llevará aparejada la recogida de otra, colindante, cuyo fin sea la evaluación del porcentaje de daño». Esta corrección mejora la claridad y la coherencia del texto. Estas correcciones son fundamentales para garantizar que los peritos y los asegurados tengan una base legal clara y precisa para la evaluación de daños en cultivos de leguminosas grano. La norma se aplica en el marco del Seguro Agrario Combinado, que cubre riesgos específicos en la agricultura, como plagas, enfermedades o desastres naturales. La corrección de errores no modifica el contenido general de la norma, sino que mejora su exactitud y aplicabilidad. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige errores en una Orden de 1989 relativa a la peritación de siniestros en cultivos de leguminosas grano. Las correcciones afectan tres puntos específicos, mejorando la claridad y precisión del texto. La norma es relevante para la aplicación correcta de los procedimientos peritales en el Seguro Agrario Combinado. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Corrección de errores en una Orden de 1989 sobre peritación de siniestros en cultivos de leguminosas grano. ⚠️ Errores afectan la precisión del texto y la aplicación de los procedimientos peritales. 📋 Correcciones incluyen fechas, redacción y estructura de tablas. ℹ️ La norma es relevante para el Seguro Agrario Combinado y la evaluación de daños en cultivos específicos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 16 de febrero de 1989 (publicación original), corrección posterior - **Materias**: Seguro Agrario Combinado, peritación de siniestros, cultivo de leguminosas grano - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Esta Orden Ministerial de 1989, que corrige errores de una norma anterior sobre peritación de siniestros en leguminosas grano dentro del Seguro Agrario Combinado, se enmarca en un sistema nacional de seguros agrarios que, si bien tiene directrices europeas de apoyo, se desarrolla a nivel estatal y autonómico. La corrección en sí misma, al ser de carácter técnico y formal, no introduce diferencias sustanciales respecto a otras Comunidades Autónomas o normativas estatales previas, sino que busca la precisión en la aplicación de la norma ya aprobada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Para el ciudadano, estas correcciones son importantes porque garantizan la correcta y equitativa aplicación de las pólizas de seguro, asegurando que las peritaciones se realicen conforme a criterios claros y sin ambigüedades, lo que repercute directamente en la indemnización que pueda recibir en caso de siniestro. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────