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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 28 de marzo de 1989 por la que se reemplazan los anexos 1 y 2 del Decreto 1675/1972, de 28 de junio, relativo a las Tarifas por Ayudas a la Navegación Aérea (EUROCONTROL).

BOE-A-1989-7186Publicada: 01/04/1989MINISTERIO DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 28 de marzo de 1989 por la que se reemplazan los anexos 1 y 2 del Decre ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El presente documento establece la modificación de las tarifas por ayudas a la navegación aérea, en aplicación del Acuerdo Multilateral relativo a las tarifas por ayudas a la navegación aérea, con entrada en vigor el 1 de abril de 1989. **2. CONTEXTO** La Orden de 28 de marzo de 1989 reemplaza los anexos 1 y 2 del Decreto 1675/1972, de 28 de junio, en virtud de la entrada de Turquía en el sistema de tarifas de EUROCONTROL. Esta norma se emite en cumplimiento de la Decisión número 6 de la Comisión Permanente para la Seguridad de la Navegación Aérea de fecha 22 de febrero de 1989. La modificación busca adaptar las tarifas a las nuevas condiciones del sistema de tarifas europeo. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 28 de marzo de 1989, publicada en el Boletín Oficial del Estado, modifica las tarifas por ayudas a la navegación aérea en aplicación del Acuerdo Multilateral relativo a las tarifas por ayudas a la navegación aérea suscrito por España. La norma se emite en virtud de la Decisión número 6 de la Comisión Permanente para la Seguridad de la Navegación Aérea de fecha 22 de febrero de 1989, que establece la entrada de Turquía en el sistema de tarifas de EUROCONTROL. La Orden sustituye los anexos 1 y 2 del Decreto 1675/1972, de 28 de junio, por nuevos anexos que entrarán en vigor el 1 de abril de 1989. El nuevo anexo 1 establece la fórmula para calcular la tarifa aplicable por el uso de la red de ayudas a la navegación aérea, basada en la fórmula R = t × N, donde R es la tarifa, t es el precio unitario español de tarifa y N es el número de unidades de servicio correspondientes a cada vuelo efectuado en el espacio aéreo definido en el artículo tercero del Decreto. El número de unidades de servicio se calcula mediante la fórmula N = d × p, donde d es el coeficiente distancia del vuelo y p es el coeficiente peso de la nave. El coeficiente distancia se determina según la distancia ortodrómica entre los aeródromos involucrados, medida en kilómetros, y se aplica un coeficiente por 100. El coeficiente peso se calcula según el peso de la nave, y se aplican tarifas unitarias diferentes según el país participante en el sistema. Por ejemplo, en España, la tarifa unitaria para la Península es de 39,87 euros, mientras que para las Canarias es de 32,83 euros. Para Portugal-Santa María, la tarifa unitaria es de 12,26 euros. La norma establece que las tarifas unitarias aplicadas en los diferentes países participantes en el Sistema son las siguientes: Estados Unidos de América, Bélgica/Luxemburgo, Alemania, Francia, Reino Unido, Holanda, Irlanda, Suiza, Portugal, Austria, Grecia y Turquía. Estas tarifas se aplican para calcular la tarifa total de cada vuelo según las fórmulas establecidas. La norma se emite en uso de las facultades que le son conferidas al titular del Ministerio de Fomento, y se dirige a los ilustros señores mencionados, incluyendo al Subsecretario, Secretarios generales, Secretario general Técnico y Directores generales del Departamento. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1989 modifica las tarifas por ayudas a la navegación aérea en aplicación del Acuerdo Multilateral, con entrada en vigor el 1 de abril de 1989. Se sustituyen los anexos 1 y 2 del Decreto 1675/1972, con nuevas tarifas unitarias según los países participantes. La norma establece fórmulas para calcular la tarifa aplicable a cada vuelo. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de tarifas**: Se reemplazan los anexos 1 y 2 del Decreto 1675/1972 con nuevos anexos que entran en vigor el 1 de abril de 1989. ⚠️ **Aplicación del Acuerdo Multilateral**: La norma se emite en aplicación del Acuerdo Multilateral relativo a las tarifas por ayudas a la navegación aérea. 📋 **Fórmulas de cálculo**: Se establecen fórmulas para calcular la tarifa aplicable a cada vuelo, basadas en distancia y peso. ℹ️ **Tarifas unitarias por país**: Se establecen tarifas unitarias diferentes según el país participante en el sistema de tarifas de EUROCONTROL. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Orden Ministerial de 28 de marzo de 1989 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 28 de marzo de 1989 - **Materias**: Navegación aérea, tarifas, EUROCONTROL, ayudas a la navegación aérea - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: tarifas, navegación aérea, EUROCONTROL, ayudas a la navegación aérea, Decreto 1675/1972, Acuerdo Multilateral ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 1989 actualiza las tarifas por ayudas a la navegación aérea, reemplazando anexos del Decreto de 1972, en el marco del sistema EUROCONTROL y la adhesión de Turquía. Previamente, la normativa se basaba en el Decreto de 1972, y esta orden introduce modificaciones en el cálculo de las tarifas, que dependen de la distancia y el peso del vuelo. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener normativas específicas en materia de aviación civil, esta regulación tiene ámbito nacional y se alinea con acuerdos internacionales y decisiones de la Comisión Europea, como la Decisión 6 de la Comisión Permanente para la Seguridad de la Navegación Aérea. La aprobación recae en el Ministerio del Interior, y la diferencia para el ciudadano radica en la determinación del coste de los servicios de navegación aérea, que afecta directamente a las aerolíneas y, consecuentemente, al precio de los billetes de avión. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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