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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden de 16 de febrero de 1989 por la que se aprueba la Norma Específica para la Peritación de Siniestros del Cultivo de Uva de Vinificación en el Seguro Agrario Combinado.

BOE-A-1989-5769Publicada: 13/03/1989MINISTERIO DE RELACIONES CON LAS CORTES Y DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden de 16 de febrero de 1989 por la que se aprueba ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La norma corrige errores en la Orden de 16 de febrero de 1989 que aprueba la Norma Específica para la Peritación de Siniestros del Cultivo de Uva de Vinificación en el Seguro Agrario Combinado. **2. CONTEXTO** La Orden de 16 de febrero de 1989 fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el 23 de febrero del mismo año. Esta norma establece los criterios para la peritación de siniestros en cultivos de uva de vinificación dentro del marco del Seguro Agrario Combinado. Durante su publicación, se detectaron errores en el texto original, que afectaban la claridad y precisión de los términos utilizados. Para corregir estos errores, se emitió una Orden Ministerial que transcribe las rectificaciones necesarias. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial corrige errores en la Norma Específica para la Peritación de Siniestros del Cultivo de Uva de Vinificación en el Seguro Agrario Combinado, aprobada en 1989. Las rectificaciones afectan varios puntos del texto original, incluyendo referencias a fechas, descripciones de procesos y tablas de cálculo de pérdidas. En primer lugar, se corrige la fecha de publicación del Boletín Oficial del Estado en el apartado 1.º del anexo, Marco Legal, donde se mencionaba «Boletín Oficial del Estado» número 182, del 31, en lugar de «Boletículo Oficial del Estado» número 182, de 31 de julio. Esta corrección es fundamental para garantizar la precisión histórica y legal de la norma. En el apartado 5.2.b. Inspección práctica o de campo, se corrige la redacción de la frase: «En esta fase se realizarán en las parcelas las comprobaciones mínimas, parcelas que deben tenerse en cuenta para la verificación de los daños, así como su cuantificación cuando proceda.» Se elimina la redundancia de «se realizarán» y se corrige la estructura de la oración para mejorar la claridad. En el apartado 5.3.2.a.1, se corrige la frase: «...susceptibles de ser recolectados, se obtendrán teniendo en cuenta...», que se reescribe como «...susceptibles de ser recolectados. Se obtendrán teniendo en cuenta...». Esta corrección elimina la redundancia y mejora la coherencia del texto. En el apartado 5.3.2.a.2, se corrige la frase: «...falta de competencia de lo perdido, se obtendrá por comparación:...», que se reescribe como «...falta de competencia de lo perdido. Se obtendrá por comparación:...». Esta corrección mejora la claridad y la estructura de la frase. Finalmente, en la Tabla II, se corrige la redacción de la cabecera de la tabla, donde se mencionaba «Fase vegetativa Daños en relación – Porcentaje» y se corrige a «FASE VEGETATIVA Porcentaje de daños en relación al porcentaje de daños directos». Esta corrección mejora la legibilidad y la precisión de la tabla, que es clave para la evaluación de daños en el cultivo de uva de vinificación. Estas correcciones son importantes para garantizar que la norma sea aplicada correctamente y que los peritos y aseguradoras puedan realizar una evaluación precisa de los siniestros en el cultivo de uva de vinificación. La claridad y precisión de los términos utilizados son esenciales para evitar malentendidos y garantizar la justicia en la compensación de los daños. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige errores en la Orden de 1989 sobre la peritación de siniestros en cultivos de uva de vinificación. Las correcciones mejoran la claridad y precisión de la norma, lo que es fundamental para su correcta aplicación. La norma se publica como una corrección de errores, sin introducir cambios sustanciales en el contenido. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores**: Se corrigen errores en fechas, frases y tablas de la norma original. ⚠️ **Precisión legal**: Las correcciones son necesarias para garantizar la correcta aplicación de la norma. 📋 **Aplicación práctica**: Las correcciones afectan procesos de inspección y cálculo de daños. ℹ️ **Relevancia para peritos y aseguradoras**: La norma es clave para la evaluación de siniestros en cultivos de uva de vinificación. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: No especificada (publicada en el Boletín Oficial del Estado) - **Materias**: Seguro Agrario Combinado, Peritación de Siniestros, Cultivo de Uva de Vinificación - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Seguro Agrario, Peritación, Cultivo de Uva, Daños, Corrección de errores ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 1989, aprobada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, introduce correcciones formales a una norma específica de 1989 sobre la peritación de siniestros en uva de vinificación dentro del Seguro Agrario Combinado. Previamente, la norma original contenía errores tipográficos y de redacción que podían generar ambigüedad en la aplicación de los criterios de valoración de daños, como la referencia a una fecha incorrecta o la precisión en la descripción de las comprobaciones de campo y la cuantificación de pérdidas. A diferencia de normativas autonómicas que podrían tener enfoques más específicos o adaptados a sus territorios, esta norma estatal establece un marco común para todo el país, alineándose con la política agraria común europea en cuanto a seguros. La corrección de estos errores es fundamental para el ciudadano, ya que garantiza la claridad y uniformidad en la aplicación de las pólizas de seguro, asegurando una valoración justa y predecible de las indemnizaciones en caso de siniestro. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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