Ley OrdinariaAutonómicovigente

Ley 2/2022, de 22 de julio, de ordenación del ejercicio de las profesiones del deporte y la actividad física en la Comunitat Valenciana.

BOE-A-2022-13726Publicada: 15/08/2022Comunitat Valenciana

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una ley de la Comunitat Valenciana que regula quién puede trabajar profesionalmente en el ámbito del deporte y la actividad física, qué formación necesita cada profesional y qué funciones puede desempeñar. Su objetivo es garantizar que las personas que prestan servicios deportivos tengan la cualificación adecuada, protegiendo así la salud y los derechos de quienes los usan. **¿A quién afecta?** Afecta a todas las personas que ejercen o quieren ejercer una profesión del deporte y la actividad física en la Comunitat Valenciana: monitores deportivos, entrenadores deportivos, preparadores físicos, directores deportivos y profesores de Educación Física. También afecta a los ciudadanos que contratan o usan estos servicios, ya que la ley les reconoce el derecho a ser atendidos por profesionales con titulación oficial acreditada. **¿Qué cambia o establece?** La ley define oficialmente las cinco profesiones reguladas del deporte, reserva sus denominaciones y fija qué titulación o formación es necesaria para ejercer cada una. Obliga a los profesionales a presentar una declaración responsable antes de trabajar y crea un Censo de Profesionales del Deporte. También contempla períodos transitorios para quienes ya estuvieran trabajando sin los requisitos exigidos, reconoce cualificaciones obtenidas en otros países de la Unión Europea y exige contar con un seguro de responsabilidad civil.

💬 Contexto ciudadano

Las profesiones del deporte en la Comunitat Valenciana operaban sin un marco legal específico que estableciera titulaciones requeridas, ámbitos de actuación exclusivos ni mecanismos de control del intrusismo profesional. Esta Ley, una de las primeras en España en regular este sector con carácter integral, establece el catálogo de profesiones del deporte, las titulaciones habilitantes —universitarias y de FP—, los requisitos de ejercicio en diferentes espacios —centros deportivos, centros educativos, espacios naturales— y el régimen disciplinario. La norma anticipa la reforma de la Ley del Deporte estatal en la regulación de estas profesiones y supera el modelo fragmentado anterior, donde la coexistencia de titulaciones federativas, universitarias y de FP generaba confusión y falta de garantías para el ciudadano.

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