Orden de 12 de abril de 1989 por la que se establecen normas de coordinación de los tratamientos contra la «Mosca del olivo» (Dacus oleae Rossi) para la campaña de 1989.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 12 de abril de 1989 por la que se establecen normas de coordinación de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial de 12 de abril de 1989 establece normas de coordinación para la campaña fitosanitaria contra la "Mosca del olivo" (Dacus oleae Rossi) en el año 1989, declarando de interés estatal dicha campaña y fijando medidas de tratamiento obligatorios, subvenciones y coordinación entre comunidades autónomas y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. 2. **CONTEXTO** La "Mosca del olivo" es una plaga que afecta a los olivares, por lo que su control es fundamental para la protección de la producción agrícola. La norma se emite en el marco de la gestión fitosanitaria estatal y la participación de las comunidades autónomas. La campaña de 1989 se enmarca en un contexto de necesidad de coordinación y financiación para garantizar su eficacia. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 12 de abril de 1989, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), establece un marco normativo para la campaña fitosanitaria contra la "Mosca del olivo" (Dacus oleae Rossi) en el año 1989. La norma tiene por objeto garantizar la coordinación y eficacia de los tratamientos fitosanitarios en las zonas afectadas, declarando dicha campaña de interés estatal. En el primer artículo, se declara de interés estatal para el año 1989 la campaña fitosanitaria contra la "Mosca del olivo", en las zonas de olivar que se determinen por las comunidades autónomas afectadas. Esto refleja la importancia de la plaga para la producción agrícola y la necesidad de una intervención estatal. El segundo artículo establece que las zonas de tratamiento obligatorio se determinarán por cada una de las comunidades autónomas afectadas, de acuerdo con los medios y procedimientos que a tal fin dispongan. Esto implica que las comunidades autónomas tienen un rol clave en la definición de las zonas afectadas, pero bajo el marco de coordinación estatal. El tercer artículo establece que los tratamientos obligatorios para la campaña del año actual se subvencionarán con 40.000.000 de pesetas, en forma de productos y/o aplicación, con cargo al artículo 61 del Programa 712.B del presupuesto de la Dirección General de la Producción Agraria. Esta subvención refleja el compromiso del Estado con la gestión fitosanitaria y la protección de los cultivos. El cuarto artículo establece que, a efectos de una evaluación a nivel nacional de la campaña contra la "Mosca del olivo", entre las comunidades autónomas y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se instrumentará el necesario intercambio de información. Esto refleja la necesidad de una coordinación interinstitucional y la importancia de la evaluación continua para mejorar la eficacia de las medidas fitosanitarias. La norma se emite en el marco de la competencia del Estado en materia de salud vegetal y protección de cultivos, y se apoya en la participación de las comunidades autónomas, que tienen un rol clave en la gestión local de la plaga. La norma también establece un marco de financiación y coordinación, lo que refleja la complejidad de la gestión fitosanitaria en un contexto de descentralización. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial de 1989 establece un marco normativo para la campaña fitosanitaria contra la "Mosca del olivo", con participación estatal y local, y con financiación específica. La norma refleja la importancia de la plaga para la producción agrícola y la necesidad de coordinación y subvenciones. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Declaración de interés estatal**: La campaña contra la "Mosca del olivo" se declara de interés estatal, lo que refleja su relevancia para la producción agrícola. ⚠️ **Participación de comunidades autónomas**: Las comunidades autónomas tienen un rol clave en la determinación de las zonas de tratamiento, lo que refleja la descentralización en la gestión fitosanitaria. 📋 **Subvención específica**: Se establece una subvención de 40.000.000 de pesetas para financiar los tratamientos, lo que refleja el compromiso del Estado con la protección de cultivos. ℹ️ **Coordinación interinstitucional**: Se establece un intercambio de información entre comunidades autónomas y el Ministerio, lo que refleja la necesidad de una gestión coordinada a nivel nacional. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de coordinación fitosanitaria - **Fecha**: 12 de abril de 1989 - **Materias**: Agricultura, fitosanitario, plagas, olivar, subvenciones - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Mosca del olivo, Dacus oleae Rossi, campaña fitosanitaria, interés estatal, subvenciones, coordinación interinstitucional ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Orden de 1989, la lucha contra la mosca del olivo, una plaga de gran impacto agrícola, se gestionaba de forma similar, con un carácter de interés estatal que requería coordinación. Esta normativa se alinea con la tendencia de la época de establecer campañas fitosanitarias de ámbito nacional, aunque la ejecución y determinación de las zonas de tratamiento obligatorio recaían en las Comunidades Autónomas, reflejando la descentralización competencial. A diferencia de normativas más recientes que podrían basarse en regulaciones europeas más detalladas sobre control de plagas, esta Orden es una manifestación de la política agraria española de entonces, aprobada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. La diferencia principal para el ciudadano, en este caso el agricultor, radica en la subvención directa y la coordinación estatal explícita para la campaña específica de 1989, facilitando la aplicación de tratamientos y la recopilación de datos para una evaluación conjunta. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────