Saltar al contenido principal
Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 23 de mayo de 1989 por la que se establecen los tipos de compensación financiera por asistencia sanitaria en la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local.

BOE-A-1989-12208Publicada: 30/05/1989MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 23 de mayo de 1989 por la que se establecen los tipos de compensación f ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 23 de mayo de 1989 establece los tipos de compensación financiera por asistencia sanitaria en la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local, ajustados a las bases de cotización de los funcionarios en activo. **2. CONTEXTO** La Orden de 9 de diciembre de 1986 fija una nueva cotización a la MUNPAL tras advertir sobre la descapitalización causada por la financiación de la asistencia sanitaria con cargo a reservas. Se subraya que los nuevos tipos de cotización no prejuzgan futuras actuaciones necesarias para el equilibrio presupuestario. La estabilidad del sistema de compensación es clave, considerando la importancia del concierto con la Seguridad Social establecido en el Real Decreto 3241/1983. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 23 de mayo de 1989 establece los tipos de compensación financiera por asistencia sanitaria para la MUNPAL, basados en las bases de cotización de los funcionarios en activo. Se establecen dos tipos de compensación: el 11,50% para personal asegurado antes del 1 de enero de 1987 y el 6,60% para aquel asegurado a partir de esa fecha. Estos tipos se aplican en virtud del artículo 4, punto 1, letra b), del Real Decreto 3241/1983, que establece que la compensación debe ajustarse cuando no es homogénea la evolución de las bases de cotización con el coste real de la asistencia sanitaria. El Real Decreto 3241/1983, de 14 de diciembre, establece que MUNPAL, como titular de la función gestora de la asistencia sanitaria, utiliza los servicios sanitarios de la Seguridad Social. Este concierto, suscrito el 28 de diciembre de 1984, es considerado el elemento fundamental del sistema. Por ello, la subsistencia temporal de otras formas o procedimientos para la dispensación de las atenciones sanitarias no debe implicar una carga económica superior a la que supone la aplicación del concierto con la Seguridad Social. Además, el tiempo transcurrido desde el 1 de enero de 1984, fecha en que MUNPAL asumió las obligaciones financieras derivadas de su asunción de la prestación de la asistencia sanitaria, permite conocer mejor y ajustar las necesidades objetivas que la financiación del sistema comporta. La Orden se fundamenta en las facultades conferidas en la disposición final primera del Real Decreto 3241/1983, que permite establecer los tipos de compensación. La aplicación de los tipos establecidos en la Orden se ajusta a la necesidad de mantener el equilibrio presupuestario y la estabilidad del sistema de asistencia sanitaria. La Orden establece que los tipos de compensación se aplicarán desde el 1 de enero de 1989. Además, se faculta a la Dirección Técnica de la MUNPAL para resolver las cuestiones que puedan plantearse en aplicación de la Orden. La Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1989 establece tipos de compensación para la MUNPAL, ajustados a las bases de cotización de los funcionarios. Se establecen dos tipos, uno para personal asegurado antes del 1 de enero de 1987 y otro para el asegurado a partir de esa fecha. La Orden se fundamenta en el Real Decreto 3241/1983 y busca mantener el equilibrio presupuestario del sistema. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Tipos de compensación**: Se establecen dos tipos, uno para personal asegurado antes del 1 de enero de 1987 y otro para el asegurado a partir de esa fecha. ⚠️ **Equilibrio presupuestario**: La Orden busca mantener el equilibrio financiero del sistema de asistencia sanitaria. 📋 **Aplicación del Real Decreto 3241/1983**: La Orden se fundamenta en el Real Decreto 3241/1983, que establece el concierto con la Seguridad Social. ℹ️ **Vigencia**: La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 23 de mayo de 1989 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 23 de mayo de 1989 - **Materias**: Asistencia sanitaria, compensación financiera, cotización, MUNPAL - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden de 1989, la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local (MUNPAL) ya financiaba la asistencia sanitaria, pero la Orden de 1986 había advertido de una descapitalización y la necesidad de ajustes presupuestarios. El Real Decreto 3241/1983 establecía que MUNPAL debía utilizar los servicios de la Seguridad Social, formalizado en un concierto de 1984, y preveía un sistema de compensación financiera basado en tipos aplicados a las bases de cotización de los funcionarios. Esta normativa estatal, que se compara con otros modelos de gestión sanitaria en España y las directivas europeas sobre protección social, era aprobada por el Ministerio de Economía y Hacienda, y su diferencia para el ciudadano radica en la garantía de un equilibrio financiero que asegure la continuidad y suficiencia de la prestación sanitaria, evitando cargas económicas imprevistas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →