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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 520/1989, de 12 de mayo, de ampliación de funciones y servicios a la Comunidad Valenciana en materia de juventud (TIVE).

BOE-A-1989-11296Publicada: 19/05/1989MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 520/1989, de 12 de mayo, de ampliación de funciones y servicios a l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 520/1989, de 12 de mayo, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de la Comunidad Valenciana de 24 de abril de 1989, que amplía el traspaso a esta Comunidad de las funciones y servicios de la Oficina Nacional de Turismo e Intercambio de Jóvenes y Estudiantes (TIVE), con el fin de garantizar el desempeño de las competencias exclusivas en materia de juventud atribuidas a la Comunidad Valenciana según el Estatuto de Autonomía. **2. CONTEXTO** El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, aprobado por Ley Orgánica 5/1982, otorga a la Comunidad competencias exclusivas en materia de turismo y juventud. En 1982, mediante Real Decreto 4099/1982, se traspasaron funciones y servicios en materia de juventud a la Comunidad Valenciana, pero no se incluyeron los medios necesarios para la Oficina Nacional de Turismo e Intercambio de Jóvenes y Estudiantes (TIVE). La Comisión Mixta, prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto, procedió a concretar los medios necesarios, adoptando un acuerdo en 1989 que requiere la aprobación del Gobierno mediante Real Decreto. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 520/1989, de 12 de mayo, tiene por objeto la aprobación del acuerdo de la Comisión Mixta de la Comunidad Valenciana de 24 de abril de 1989, que amplía el traspaso a esta Comunidad de las funciones y servicios de la Oficina Nacional de Turismo e Intercambio de Jóvenes y Estudiantes (TIVE), con el fin de garantizar el desempeño de las competencias exclusivas en materia de juventud atribuidas a la Comunidad Valenciana según el Estatuto de Autonomía. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, aprobado por Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, establece en el artículo 31, punto 12, la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de turismo, y en el punto 25, la competencia exclusiva en materia de juventud. En 1982, mediante Real Decreto 4099/1982, de 29 de diciembre, se traspasaron a la Comunidad funciones y servicios en materia de juventud, pero no se traspasaron los servicios y medios necesarios para la Oficina Nacional de Turismo e Intercambio de Jóvenes y Estudiantes (TIVE), ya que no se concretó el mecanismo adecuado para su desempeño. La Comisión Mixta, prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía, procedió a concretar los medios necesarios, adoptando un acuerdo en 1989 que requiere la aprobación del Gobierno mediante Real Decreto. En su virtud, el Real Decreto 520/1989, de 12 de mayo, establece que se aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de 24 de abril de 1989, que amplía el traspaso a la Comunidad Valenciana de las funciones y servicios de la Oficina Nacional de Turismo e Intercambio de Jóvenes y Estudiantes (TIVE), con el fin de garantizar el desempeño de las competencias exclusivas en materia de juventud. El acuerdo de la Comisión Mixta establece que se traspasan a la Comunidad Valenciana las funciones y servicios de la Oficina Nacional de Turismo e Intercambio de Jóvenes y Estudiantes (TIVE), incluyendo los medios necesarios para su desempeño, con el fin de garantizar el ejercicio de las competencias exclusivas en materia de juventud. El Real Decreto 520/1989, de 12 de mayo, establece que el acuerdo de la Comisión Mixta debe ser aprobado por el Gobierno mediante Real Decreto, lo que se hace en este documento. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 520/1989 aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de la Comunidad Valenciana de 24 de abril de 1989, que amplía el traspaso de las funciones y servicios de la Oficina Nacional de Turismo e Intercambio de Jóvenes y Estudiantes (TIVE) a esta Comunidad, garantizando el ejercicio de las competencias exclusivas en materia de juventud. Este Real Decreto cumple con lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Traspaso de funciones y servicios de la TIVE a la Comunidad Valenciana** ⚠️ **Requisito de aprobación mediante Real Decreto por parte del Gobierno** 📋 **Cumplimiento de lo establecido en el Estatuto de Autonomía** ℹ️ **Concretación de los medios necesarios para el desempeño de las funciones** **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 520/1989 - **Tipo**: Norma de traspaso de funciones - **Fecha**: 12 de mayo de 1989 - **Materias**: Autonomía, juventud, turismo, traspaso de funciones - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Real Decreto, Comunidad Valenciana, TIVE, Estatuto de Autonomía, traspaso de funciones, juventud, turismo, Comisión Mixta, competencias exclusivas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, la Comunidad Valenciana ya tenía competencias exclusivas en materia de juventud, reconocidas en su Estatuto de Autonomía de 1982, y se le habían traspasado funciones y servicios en esta área en 1982. Sin embargo, el traspaso inicial no incluyó los medios necesarios para la Oficina Nacional de Turismo e Intercambio de Jóvenes y Estudiantes (TIVE), lo que impedía a la Comunidad Valenciana ejercer plenamente sus competencias. Esta situación se diferencia de otras comunidades autónomas que pudieron haber recibido un traspaso más completo o de la normativa estatal que mantenía la gestión centralizada de ciertos aspectos. La aprobación de este Real Decreto, por parte del Gobierno central, subsana esta deficiencia, permitiendo a la Comunidad Valenciana asumir la gestión integral de la TIVE. Para el ciudadano, esto importa porque facilita el acceso a servicios y programas de juventud gestionados de forma más cercana y adaptada a sus necesidades específicas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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