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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 459/1989, de 28 de abril, sobre modificación de medios adscritos a los servicios traspasados de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por Real Decreto 1553/1984, de 1 de agosto, en materia de carreteras.

BOE-A-1989-10382Publicada: 09/05/1989MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 459/1989, de 28 de abril, sobre modificación de medios adscritos a ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 459/1989 modifica los medios adscritos a los servicios traspasados de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en materia de carreteras, concretamente el tramo de la carretera N-342 entre Puerto Lumbreras y el límite de la provincia de Almería. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 1553/1984 traspasó a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de carreteras, incluyendo medios personales, materiales y presupuestarios. El Real Decreto 2628/1982 establece el procedimiento para los traspasos de funciones entre la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas. La Comisión Mixta de Transferencias, prevista en el Estatuto de Autonomía de Murcia, consideró necesario modificar el Real Decreto 1553/1984, por considerar que ciertos tramos de carreteras tenían interés general o afectaban a más de una Comunidad Autónoma. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 459/1989, de 28 de abril, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias del día 11 de abril de 1989, que modifica el Real Decreto 1553/1984, de 1 de agosto, en materia de carreteras. Este acuerdo se adopta en cumplimiento de la disposición transitoria quinta del Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia, que establece la Comisión Mixta de Transferencias para la gestión de traspasos de funciones y servicios. El Real Decreto 1553/1984 traspasó a la Comunidad Autónoma de Murcia las funciones y servicios en materia de carreteras, incluyendo los medios personales, materiales y presupuestarios necesarios para su ejercicio. Sin embargo, la Comisión Mixta consideró necesario modificar ciertos medios materiales adscritos a esos servicios, por considerar que algunos tramos de carreteras tenían interés general o afectaban a más de una Comunidad Autónoma. En concreto, el acuerdo modifica la titularidad, administración y gestión del tramo de la carretera N-342, que actualmente pertenece a la Comunidad Autónoma de Murcia según el Real Decreto 1553/1984. Este tramo se identifica como el que va desde Puerto Lumbreras hasta el límite de la provincia de Almería (kilómetros 80,870 al 98,750). La Administración del Estado revierte la titularidad de este tramo a la Administración del Estado, según lo establecido en el Estatuto de Autonomía de Murcia, artículo 10, 1, d), que otorga a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en carreteras cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en su territorio. No obstante, la Comunidad Autónoma de Murcia continuará las actuaciones en curso hasta la extinción de los compromisos contractuales derivados de las obras en ejecución a lo largo del itinerario. Además, la entrega de la documentación relativa a los bienes y servicios objeto de la reversión se efectuará en el plazo de un mes a partir de la publicación del Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado. La reversión tendrá efectividad a partir de la entrada en vigor del Real Decreto por el que se apruebe este acuerdo. Este Real Decreto se expide en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria quinta del Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia, a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas, y previa deliberación del Consejo de Ministros del día 28 de abril de 1989. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 459/1989 modifica el traspaso de medios materiales en materia de carreteras a la Comunidad Autónoma de Murcia, revirtiendo la titularidad de un tramo de la carretera N-342 a la Administración del Estado. La Comunidad Autónoma continuará las actuaciones en curso hasta la extinción de los compromisos contractuales. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de traspasos**: El Real Decreto modifica los medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Murcia en materia de carreteras. ⚠️ **Reversión de titularidad**: Un tramo de la carretera N-342 revierte a la Administración del Estado. 📋 **Efectividad**: La reversión tendrá efectividad a partir de la entrada en vigor del Real Decreto. ℹ️ **Base legal**: Se basa en el Estatuto de Autonomía de Murcia y en el Real Decreto 1553/1984. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 459/1989 - **Tipo**: Norma de desarrollo - **Fecha**: 28 de abril de 1989 - **Materias**: Administración pública, traspasos de funciones, carreteras, Comunidad Autónoma de Murcia - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ya había asumido funciones y servicios estatales en materia de carreteras mediante el Real Decreto 1553/1984, siguiendo el procedimiento general establecido por el Real Decreto 2628/1982 para las transferencias entre el Estado y las CCAA. Esta norma estatal de 1982 sentó las bases para la descentralización de competencias, un proceso que se ha desarrollado de forma similar en otras comunidades autónomas, aunque con particularidades en cuanto a los medios y servicios transferidos. La diferencia clave aquí radica en la reversión de una carretera específica a la Administración del Estado, decisión aprobada por la Comisión Mixta de Transferencias y el Gobierno, lo que implica que no todas las carreteras de interés general en Murcia permanecen bajo gestión autonómica. Para el ciudadano, esto puede significar una gestión diferenciada de esa vía concreta, con posibles implicaciones en su mantenimiento, señalización y planificación de futuras actuaciones, dependiendo de si la competencia recae en el ámbito estatal o autonómico. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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