Saltar al contenido principal
Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 18 de mayo de 1989 sobre exención de la tasa de corresponsabilidad a los pequeños productores de cereales en la campaña comercial 1989/90.

BOE-A-1989-12302Publicada: 31/05/1989MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 18 de mayo de 1989 sobre exención de la tasa de corresponsabilidad a lo ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 18 de mayo de 1989 establece la exención de la tasa de corresponsabilidad para pequeños productores de cereales en la campaña comercial 1989/90, definiendo criterios para su aplicación y procedimientos de tramitación. **2. CONTEXTO** La norma se inscribe en el marco de los Reglamentos (CEE) 2727/75 y 729/89, que regulan la organización común del mercado de cereales y la ayuda a pequeños productores. La exención se aplica a productores que cumplan con un límite de superficie cultivada y producción. La Orden busca implementar esta ayuda mediante un sistema de exención previa del pago de tasas. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 18 de mayo de 1989 regula la exención de la tasa de corresponsabilidad para pequeños productores de cereales en la campaña comercial 1989/90. La norma se fundamenta en los Reglamentos (CEE) 2727/75 y 729/89, que establecen la organización común del mercado de cereales y la posibilidad de otorgar ayuda a pequeños productores. Según el Reglamento (CEE) 2727/75, en sus artículos 4 y 4 ter, se establecen dos tasas de corresponsabilidad: una fija institucionalizada en la campaña 1986/87 y una suplementaria introducida en la campaña 1988/89. Ambas tasas gravan los cereales producidos en la Comunidad. Además, el Reglamento (CEE) 2727/75 prevé la compensación del pago de ambas tasas para pequeños productores mediante la concesión de una ayuda equivalente a la tasa soportada. El Reglamento (CEE) 729/89 autoriza a España a instrumentar esta ayuda durante la campaña 1989/90 mediante el sistema de exención previa del pago de ambas tasas, y define al pequeño productor de cereales en función de la superficie dedicada al cultivo de cereales, estableciendo que la cantidad máxima a desgravar será de 25 toneladas para cada agricultor. La Orden establece que los pequeños productores de cereales, para beneficiarse de la exención, deben cumplir con un límite de superficie cultivada. Según el artículo 1, se consideran pequeños productores los titulares de explotaciones agrarias que hayan sembrado, en la campaña 1988/89, como máximo, 40 hectáreas de cereales. La superficie se entiende como de secano, y la hectárea de regadio se computa como cuatro de secano. El artículo 2 establece que cada pequeño productor deberá formular una solicitud de exención, que incluirá la información necesaria para verificar su derecho a la exención. El artículo 6 detalla que la Jefatura Provincial del SENPA, que realizará las comprobaciones y verificaciones necesarias, dotará a los solicitantes de los documentos que acrediten su derecho a la exención. Estos documentos incluirán la cantidad correspondiente de cada cereal, siempre que no se deduzca nada en contra, y se aplicará un rendimiento unitario máximo reconocible para cereales de otoño-invierno. El artículo 7 establece que los compradores de cereal a un agricultor pequeño productor deberán anotar la compra sobre el título correspondiente que este deberá presentarles, minorando el saldo exento que figure como disponible. El artículo 8 otorga facultades al SENPA para dictar las resoluciones necesarias para la aplicación de la presente disposición. La disposición final establece que la Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial de 1989 establece un sistema de exención de tasas de corresponsabilidad para pequeños productores de cereales en la campaña 1989/90. Define los criterios para su aplicación y establece procedimientos para su tramitación. La norma se basa en reglamentos comunitarios y busca facilitar la carga financiera de los pequeños agricultores. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Definición de pequeño productor**: Límite de 40 hectáreas de cereales en la campaña anterior. ⚠️ **Exención de tasas**: Aplicable a productores que no excedan las 25 toneladas de producción. 📋 **Procedimiento de exención**: Solicitud, verificación, emisión de documentos. ℹ️ **Aplicación de la norma**: Vinculada a los Reglamentos (CEE) 2727/75 y 729/89. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 18 de mayo de 1989 - **Materias**: Agricultura, cereal, exención de tasas, ayuda a pequeños productores - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden de 1989, la normativa comunitaria (Reglamento CEE 2727/75 y sus modificaciones) ya establecía una tasa de corresponsabilidad para los productores de cereales en la UE, introducida en campañas anteriores. Esta tasa buscaba que los agricultores asumieran una parte del coste de las políticas de mercado. Sin embargo, el mismo marco europeo preveía una compensación para los pequeños productores mediante ayudas. La presente Orden, aprobada por el Ministerio de Agricultura español, detalla cómo se instrumentará esa ayuda para la campaña 1989/90 en España, permitiendo la exención previa del pago de la tasa hasta un límite de 25 toneladas por agricultor, definiendo al "pequeño productor" por la superficie cultivada. Esta diferencia es crucial para el ciudadano agricultor, ya que le exime de una carga económica directa y simplifica el acceso a la ayuda europea, evitando trámites de reembolso posteriores. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →