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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden de 17 de mayo de 1989 por la que se crea una Oficina Consular Honoraria en Bujumbura (Burundi).

BOE-A-1989-14248Publicada: 22/06/1989MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden de 17 de mayo de 1989 por la que se crea una O ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige un error en la redacción de la Orden de 17 de mayo de 1989, que establecía la creación de una Oficina Consular Honoraria en Bujumbura (Burundi), modificando la frase «con jurisdicción en Bujumbura» por «con jurisdicción en Burundi». 2. **CONTEXTO** La Orden de 17 de mayo de 1989 fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 135, de 7 de junio de 1989, página 17270. En dicha orden se establecía la creación de una Oficina Consular Honoraria en Bujumbura, capital de Burundi. Se detectó un error en la redacción de dicha norma, que afectaba a la precisión del texto oficial. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma en cuestión es una corrección de errores de la Orden de 17 de mayo de 1989, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 135, de 7 de junio de 1989, página 17270. La corrección se refiere al apartado único de dicha orden, donde se mencionaba la jurisdicción de la Oficina Consular Honoraria. En el texto original, se indicaba «con jurisdicción en Bujumbura», lo cual era incorrecto, ya que Bujumbura es la capital de Burundi, y la norma se refiere a la nación. Por ello, se corrige dicha redacción para que se indique correctamente «con jurisdicción en Burundi». Esta corrección se realiza mediante una Orden Ministerial, que se inserta en el mismo «Boletín Oficial del Estado» para garantizar la precisión del texto legal. La corrección no modifica el contenido sustancial de la Orden original, sino que solo corrige un error de redacción. La norma se publica como una corrección, lo que implica que no se trata de una nueva norma, sino de una rectificación de un error previo. La corrección se realiza en el apartado único de la Orden original, lo que indica que se trata de una modificación puntual en el texto. La norma se inserta en el «Boletín Oficial del Estado» para garantizar que el texto oficial sea preciso y legible. La corrección se realiza en el mismo número del «Boletín Oficial del Estado» en el que se publicó la Orden original, lo que permite una referencia clara y directa. La norma no introduce nuevos derechos, obligaciones o responsabilidades, sino que solo corrige un error de redacción. La corrección se realiza mediante una Orden Ministerial, lo que indica que se trata de una norma de carácter interno, destinada a corregir un error en la redacción de una norma ya publicada. La norma se publica como una corrección, lo que implica que no se trata de una norma de aplicación general, sino de una norma de corrección de errores. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige un error de redacción en una Orden ya publicada. No introduce cambios sustanciales, sino que mejora la precisión del texto. La corrección se realiza mediante una Orden Ministerial, lo que indica su carácter interno. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de error**: Se corrige un error en la redacción de una Orden ya publicada. ⚠️ **No modifica contenido sustancial**: La corrección no afecta a los derechos o obligaciones establecidos en la norma original. 📋 **Texto oficial**: La norma se inserta en el «Boletín Oficial del Estado» para garantizar su precisión. ℹ️ **Redacción precisa**: La corrección se realiza en el apartado único de la Orden original, lo que indica su carácter puntual. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 7 de junio de 1989 - **Materias**: Corrección de errores, normativa consular - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: corrección de errores, Oficina Consular Honoraria, Burundi, Boletín Oficial del Estado, jurisdicción ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden Ministerial de 22 de junio de 1989, que rectifica un error en la Orden de 17 de mayo de 1989, aborda la creación de una Oficina Consular Honoraria en Bujumbura, Burundi. Previamente, la redacción original limitaba la jurisdicción a la ciudad de Bujumbura, lo cual era un error que ahora se corrige para extenderla a todo el territorio de Burundi. Esta corrección es relevante a nivel nacional, ya que la creación y el ámbito de actuación de las oficinas consulares honorarias son competencia del Ministerio de Asuntos Exteriores, sin que existan normativas específicas de otras Comunidades Autónomas o directivas de la UE que regulen este tipo de nombramientos en el extranjero. La diferencia importa al ciudadano porque una jurisdicción más amplia garantiza una mayor cobertura y acceso a los servicios consulares para los españoles residentes o de paso en todo el país africano, y no solo en su capital. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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